JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA

SILVIO JOSE CASELLI MAGNA C/ JAVIERA CAROLINA HENRIQUEZ SILVA - C /C -

Rol

Fecha

9 de diciembre de 2019

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

DIRIMIDA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo informado por la Sra. Fiscal Judicial a folio 5, se dirime la contienda y se declara que es competente para conocer de esta causa, el Juzgado de Garantía de Limache, al que se le remitirá desde ya los antecedentes para que proceda al cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida Especial, cuando corresponda. Comuníquese lo resuelto al Tribunal que, en virtud de esta resolución ha sido declarado competente, como asimismo, al Juzgado de Garantía de Quillota. Regístrese, notifíquese y archívese. N°Penal-2293-2019.

Fallo

se declara que es competente para conocer de esta causa, el Juzgado de Garantía de Limache, al que se le remitirá desde ya los antecedentes para que proceda al cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida Especial, cuando corresponda. Comuníquese lo resuelto al Tribunal que, en virtud de esta resolución ha sido declarado competente, como asimismo, al Juzgado de Garantía de Quillota. Regístrese, notifíquese y archívese. N°Penal-2293-2019.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de diciembre de dos mil diecinueve. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo informado por la Sra. Fiscal Judicial a folio 5, se dirime la contienda y se declara que es competente para conocer de esta causa, el Juzgado de Garantía de Limache, al que se le remitirá desde ya los antecedentes para que proceda al cumplimiento de la sanción de Libertad

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