SIN INFORMACION

FLORES LÓPEZ MYRIAM ROSA CONTRA SERVICIO DE SALUD DE IQUIQUE

Rol

Fecha

6 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Comparece doña Myriam Rosa Flores López, con domicilio en Comercio N°325, comuna de Pozo Almonte, quien presenta recurso de protección a favor de doña Magnolia Flores Flores, cédula de identidad N° 12.612.617-4, en contra del Servicio de Salud de Iquique, basado en la Ley N° 20.584. Luego de citar el artículo 29 de la ley referida, alude al incumplimiento de la medida de traslado e internación administrativa involuntaria de doña Magnolia Flores Flores por Res. N° 2444 de 13 de septiembre de 2019, lo que vulnera su derecho de salud. Añade que esta acción se establece con el objetivo que el Servicio de Salud de Iquique, a través de sus redes asistenciales de cumplimiento a la medida de salvaguardar la salud de doña Magnolia y pueda ser internada en el Hospital Regional de Iquique en la unidad hospitalaria de cuidados intensivos de psiquiatría adulto. Pide tener por presentado el recurso de protección, acogerlo y además ordenar al Servicio de Salud de Iquique el cumplimiento del traslado e internación de su hija en el Hospital Regional. Por resolución de 12 de noviembre de 2019, en lo pertinente, se tuvo por interpuesto el recurso, pidiéndose informe a las recurridas, SEREMI de Salud de Iquique, Servicio de Salid de Iquique y Hospital Dr. Ernesto Torres Galdámes de Iquique. Evacua informe por el Hospital Dr. Ernesto Torres Galdámes de Iquique, doña Marcela Wachtendorff Valencia, abogada, quien señala que según el artículo 131 del Código Sanitario, en armonía con las disposiciones del D.S. 570 de 2000 de Salud, la internación de un enfermo mental, puede ser voluntaria, administrativa, judicial o de urgencia. Detalla que la administrativa es la que se dispone por resolución de la autoridad sanitaria, es decir, por el Secretario Regional Ministerial de Salud, en la forma y condiciones que establece el reglamento y que no puede exceder de 30 días, plazo en que debe ser reevaluada por otro médico distinto del tratante y que tenga sus competencias. Menciona que e

Fundamentos

considerando los antecedentes disponibles asociados a la complejidad de la patología de la usuaria, el médico psiquiatra emite solicitud de internación involuntaria dirigida a la SEREMI de Salud. Indica que es importante destacar que la usuaria ha recibido las atenciones de salud en todo momento, desde atención primaria de salud, desde COSAM Enrique París o incluso desde UHCIP (internación del año 2018), sin embargo en el desarrollo de la resolución de internación administrativa materia del presente recurso fue posible observar dificultades externas para llevar a cabo la internación Menciona que en virtud de la última visita que se desarrolló el 25 de noviembre de 2019 a la usuaria por parte del equipo tratante, el médico de COSAM Enrique París, don Kaoru Matayoshi Machida solicita la internación de doña Magnolia Flores Flores a la SEREMI de Salud de Tarapacá, procediendo de inmediato ésta institución a dictar la Resolución Exenta N° 3014 de 26 de noviembre de 2019, en donde se ordena el traslado e internación administrativa por 30 días. Añade que la presunta afectada señora Magnolia Flores Flores, tiene garantizada su atención como usuario de la Red de Salud Mental de Iquique, precisamente en el COSAM Enrique París desde el año 2013 y ahora con la disponibilidad de cama en la UHCIP, en virtud de la última Resolución N° 3.014/19 de la SEREMI de Salud de Tarapacá. Pide tener por evacuado dentro de plazo el informe requerido en autos. Con fecha 3 de diciembre de 2019, doña Nicole Madariaga Araya, abogada por el Servicio de Salude de Iquique, indica que con fecha 2 de diciembre del año en curso el Departamento de Salud Mental del Servicio de Salud de Iquique, informó sobre el traslado por parte del Centro Regulador SAMU dependiente del respectivo Servicio y posterior internación en la UHCIP del Hospital Ernesto Torres Galdámes, de doña Magnolia Flores Flores, el 1 de diciembre de 2019, lo que fue informado mediante Ordinario N° 122 de 2019, emitido por doña Lorena Fariña Kutz, médico psiquiátrica UHCIP Adultos, del Hospital Ernesto Torres Galdámes, acompañando al efecto ordinario respectivo. Evacúa informe don Manuel Fernandez Ibacache, Secretario Regional Ministerial de Salud, quien señala que el 13 de septiembre de 2019, se emite la Resolución N° 2444 de internación y traslado administrativo involuntario de doña Magnolia Flores Flores. Menciona que el 26 de septiembre, 8 y 9 de octubre del 2019, el encargado de la Unidad de Salud Mental de la Seremi de Salud de Tarapacá, don Juan Francia Rivera, mediante correos electrónicos dirigidos a los referentes de Servicio de Salud Iquique reitera la necesidad de concretar la Resolución N°2444, sin obtener resultados. Señala que el 22 de octubre de 2019, se procede a poner término a la internación administrativa involuntaria de doña Magnolia Flores Flores mediante la Resolución N°2774 del 22 de octubre de 2019, en base a que habían trascurrido más de 30 días desde la emisión de la misma, y esta no se

Fallo

se acuerda una cita para el 26 de noviembre de 2019 en el Cosam Enrique París, señala que no obstante dada la imposibilidad de traslado de la madre y usuaria por corte de carretera, no se pudo concretar la evaluación en profundidad ni acordar plan de cuidados con la madre, por lo cual, considerando los antecedentes disponibles asociados a la complejidad de la patología de la usuaria, el médico psiquiatra emite solicitud de internación involuntaria dirigida a la SEREMI de Salud. Indica que es importante destacar que la usuaria ha recibido las atenciones de salud en todo momento, desde atención primaria de salud, desde COSAM Enrique París o incluso desde UHCIP (internación del año 2018), sin embargo en el desarrollo de la resolución de internación administrativa materia del presente recurso fue posible observar dificultades externas para llevar a cabo la internación Menciona que en virtud de la última visita que se desarrolló el 25 de noviembre de 2019 a la usuaria por parte del equipo tratante, el médico de COSAM Enrique París, don Kaoru Matayoshi Machida solicita la internación de doña Magnolia Flores Flores a la SEREMI de Salud de Tarapacá, procediendo de inmediato ésta institución a dictar la Resolución Exenta N° 3014 de 26 de noviembre de 2019, en donde se ordena el traslado e internación administrativa por 30 días. Añade que la presunta afectada señora Magnolia Flores Flores, tiene garantizada su atención como usuario de la Red de Salud Mental de Iquique, precisamente e

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Iquique, seis de diciembre de dos mil diecinueve. VISTO: Comparece doña Myriam Rosa Flores López, con domicilio en Comercio N°325, comuna de Pozo Almonte, quien presenta recurso de protección a favor de doña Magnolia Flores Flores, cédula de identidad N° 12.612.617-4, en contra del Servicio de Salud de Iquique, basado en la Ley N° 20.584. Luego de citar el artículo 29 de la ley referida, alude al

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