SIN INFORMACION

ROJAS CASTRO JOSE /COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

6 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: PRIMERO: Que Linda Susana Catalán Appelgren, abogado, deduce recurso de amparo en favor de Jose Rojas Castro, quien actualmente se encuentra cumpliendo condena recluido en el Centro de Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, deduce recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Ilustrísima Corte, que por resolución de 30 de octubre pasado, resolvió rechazar la concesión del beneficio impetrado. Refiere que no obstante cumplir con todos los requisitos legales al efecto, le fue denegado el beneficio, no existiendo fundamento suficiente para el rechazo del mismo. Que el amparado es un interno que durante toda su permanencia en el penal en que cumple su condena, ha volcado su vida intrapenitenciaria a mejorar su situación de vida, ha puestos sus esfuerzos y herramientas personales a mantener una conducta intachable. Aprovechado las oportunidades que le brinda el penal se ha desempeñado trabajando en la Panadería del penal y ha realizado el Curso de Computación, de Guitarra y Cursos Psicosociales. El amparado, por esta vía pretende demostrar claros avances en su proyecto de vida, que le permiten ser merecedor del beneficio solicitado. Lamentablemente, el motivo de rechazo de la Comisión de Libertad Condicional, se funda únicamente en un informe psicosocial que es tan solo uno de los tres requisitos exigidos en el artículo 20 de la norma que regula este beneficio. Finalmente solicita se tenga por interpuesto recurso de amparo en favor de José Rojas Castro y previos los trámites legales se declare que la Comisión de Libertad Condicional ha vulnerado la libertad personal del amparado; y en definitiva se acoja el presente recurso restableciendo el imperio del Derecho, disponiendo se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional del amparado, decretando se le conceda la libertad de manera inmediata. SEGUNDO: Que informando la Ministro doña Paola Plaza González, en su calidad de Presidente de la Comisión de Li

Fallo

Por estas consideraciones, se RECHAZA la libertad condicional solicitada por el interno .JOSÉ OSVALDO RO.JAS CASTRO, cédula nacional de identidad N°9.025.220-8.".- TERCERO: Que junto con informar, la señora Ministro adjunta los antecedentes de postulación tenidos a la vista por la Comisión al momento de adoptar tal decisión. De ellos aparece que el interno cumple una condena de 12 años de presidio mayor en su grado medio y de 61 días de presidio menor en su grado, por el delito de violación de menor de 14 años, del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago Registra como fecha de inicio de la condena el 11 de agosto de 2010 y como fecha de término el 12 de marzo de 2023, restándole por cumplir desde el 1 de octubre de 2019, 3 años, 5 meses y 11 días Se señala además que presenta un bajo compromiso delictual, que los cuatro últimos bimestres la conducta del amparado ha sido calificada como muy buena, cumple con requisito de capacitación. En relación al contenido del Informe Psicosocial y Psicológico Unificado de Postulación al Beneficio de Libertad Condicional, se indica en su análisis final que “Sujeto que exhibe un perfil de riesgo/necesidad en el nivel de riesgo Medio, el cual se caracteriza por sus puntajes más altos en actitud - orientación procriminal y medio Familia y Pareja. El sujeto que en cuanto a la conciencia del daño y mal causado. No logra reconocer el daño tanto físico y / psicológico hacia la victimas dando cuenta de dificultades en su capacidad de empata.

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C.A. de Santiago Santiago, seis de diciembre de dos mil diecinueve. Vistos: PRIMERO: Que Linda Susana Catalán Appelgren, abogado, deduce recurso de amparo en favor de Jose Rojas Castro, quien actualmente se encuentra cumpliendo condena recluido en el Centro de Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, deduce recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Ilustrísi

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