SIN INFORMACION

PLAZA/CORTE DE APELACIONES DE LA SERENA

Rol

Fecha

6 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que conforme lo dispuesto en el numeral 1° del Acta N° 94-2015, el recurso de protección se presentará ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasione privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales o donde éstos hubieren producido sus efectos, a elección del recurrente. SEGUNDO: Que, del tenor del Recurso de protección intentado se infiere claramente que el acto arbitrario ocurre en la ciudad de Iquique. TERCERO: Que, así las cosas, esta Corte resulta incompetente para conocer de estos antecedentes, por haberse producido los efectos del acto reclamado fuera de su territorio jurisdiccional.

Fallo

Por estas consideraciones y atento lo dispuesto en el numeral 1° del Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, esta Corte se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de protección deducido por doña Edith Isabel Plaza Roco en representación de don Guiseppe del Piero Alday Plaza, debiendo remitirse todos los antecedentes a la Ilma. Corte de Apelaciones de Iquique por corresponderle su conocimiento. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 3882-2019 Protección.

Texto Completo (Preview)

Plaza Roco, Edith Isabel Recurso de Protección Rol N° 3882-2019.- La Serena, seis de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que conforme lo dispuesto en el numeral 1° del Acta N° 94-2015, el recurso de protección se presentará ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasione privación

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