1º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

MEDINA/MEDINA

Rol

Fecha

12 de diciembre de 2019

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTO: Que atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, y

Fundamentos

considerando la naturaleza jurídica de la resolución recurrida en relación a la forma de interposición del arbitrio procesal,

Fallo

se declara INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Pedro Segundo Morales Vejar, en contra de la sentencia de fecha dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve, rolante a Folio N° 7 del Cuaderno de Incidente de Nulidad de lo Obrado de la tramitación de Primera Instancia. Devuélvase. Rol N° Civil-1710-2019.

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C.A. de Temuco Temuco, doce de diciembre de dos mil diecinueve. VISTO: Que atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, y considerando la naturaleza jurídica de la resolución recurrida en relación a la forma de interposición del arbitrio procesal, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario deducido por el a

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