RAIBEL CON CONSTRUMART S.A.
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°.- Que, el artículo 472 del Código del Trabajo señala: “Las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados por este Párrafo serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470.”. Que a su turno, esta última disposición concede el derecho a apelar sólo de la sentencia que se pronuncia sobre la oposición de la parte ejecutada mediante las excepciones que refiere. 2°.- Que, consta en autos que la resolución recurrida no se encuadra dentro de alguna de las hipótesis que las normas precedentes contempla, razón por la cual, la apelación interpuesta resulta inadmisible. Por lo razonado precedentemente, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Carlos Castilla Reyes con fecha quince de noviembre pasado en contra de la resolución dictada con esa misma fecha. Devuélvase. R.I.C. 269 – 2019 Laboral - Cobranza.-
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el abogado don Carlos Castilla Reyes con fecha quince de noviembre pasado en contra de la resolución dictada con esa misma fecha. Devuélvase. R.I.C. 269 – 2019 Laboral - Cobranza.-
Texto Completo (Preview)
Chillán, cinco de diciembre de dos mil diecinueve. Visto y teniendo presente: 1°.- Que, el artículo 472 del Código del Trabajo señala: “Las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados por este Párrafo serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470.”. Que a su turno, esta última disposición concede el derecho a apelar sólo de la sentencia que se pronuncia sobre la oposici
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica