ALVAREZ RECURSOS HUMANOS LTDA./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO BIO BIO (LOS ÁNGELES)
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2019
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
DE FALLO (SENTENCIA DE REEMPLA
Hechos
Vistos: Del fallo invalidado se mantienen los
Fundamentos
considerandos primero al décimo, el párrafo primero del considerando decimo primero y el decimosegundo. Y teniendo en su lugar y además presente: 1.-Los considerandos segundo al octavo del
Fallo
fallo invalidado se mantienen los considerandos primero al décimo, el párrafo primero del considerando decimo primero y el decimosegundo. Y teniendo en su lugar y además presente: 1.-Los considerandos segundo al octavo del fallo de invalidación, los que se dan por expresamente reproducidos. 2.- Que conforme a la petición subsidiaria del reclamante- relativa a la rebaja de la multa-, ella no podrá prosperar porque la acción de reclamación se sustentó en el artículo 511 N°2 del Código del Trabajo; y lo que se estableció fue que los hechos constatados por el fiscalizador y que dieron origen a la imposición de la multa, no fueron corregidos, por lo que, solo procede desestimar la acción, en todas sus partes, manteniendo la multa impuesta a la reclamante. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 10, 11, 446, 425,511 y 512 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se rechaza el reclamo intentado por Álvarez Recursos Humanos Limitada respecto de la Resolución de Multa N° 163 de 7 de junio del año 2018, pronunciada por la Dirección Nacional del Trabajo, II. Que cada parte se hará cargo del pago de sus costas. Regístrese y comuníquese en su oportunidad. Redacción de la ministra señora Marisol Andrea Rojas Moya. No firma la ministra (s) señora Sabaj, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y del acuerdo, por cesar funciones en esta Corte. Rol N°2675-2019
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Santiago, cinco de diciembre del año dos mil diecinueve-. En cumplimiento a lo decretado con esta misma fecha, se dicta la sentencia de remplazo que sigue Vistos: Del fallo invalidado se mantienen los considerandos primero al décimo, el párrafo primero del considerando decimo primero y el decimosegundo. Y teniendo en su lugar y además presente: 1.-Los considerandos segundo al octavo del fallo de
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