MINISTERIO PUBLICO C/ FERNANDO FRANCISCO OYARCE ARAKI
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2019
Materia
DESORDENES PUBLICOS. ART.269.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados y en virtud de sus propios fundamentos, se confirma la resolución apelada de fecha veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, dictada por el Juzgado de Garantía de Isla de Pascua. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial Sra. Latham, quien estimando que concurren en la especie los presupuestos materiales del artículo 140 del Código Procesal Penal y por estimar que la libertad de los imputados Guillermo Nicolás Pont Pont y Jean Matthew Horopari Tuki Pont constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, estuvo por revocar la resolución en alzada, en aquella parte que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados mencionados por la de arresto domiciliario nocturno y en su lugar mantener la prisión preventiva. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. RUC 1900116556-1, RIT O-221-2019. N°Penal-2487-2019.-
Fallo
se resuelve: Atendida la inasistencia de la parte recurrente y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2º del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de fecha veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, dictada por el Juzgado de Garantía de Isla de Pascua. Terminados los alegatos, la Sra. Presidenta dio por finalizada la presente audiencia, dejando constancia que se puso término a las 12:10 horas. Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados y en virtud de sus propios fundamentos, se confirma la resolución apelada de fecha veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, dictada por el Juzgado de Garantía de Isla de Pascua. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial Sra. Latham, quien estimando que concurren en la especie los presupuestos materiales del artículo 140 del Código Procesal Penal y por estimar que la libertad de los imputados Guillermo Nicolás Pont Pont y Jean Matthew Horopari Tuki Pont constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, estuvo por revocar la resolución en alzada, en aquella parte que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados mencionados por la de arresto domiciliario nocturno y en su lugar mantener la prisión preventiva. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. RUC 1900116556-1, RIT O-221-2019. N°Penal-2487-2019.-
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a cinco de diciembre de dos mil diecinueve, a las 10:25 horas, ante la Quinta Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso integrada por la Ministra Interina Sra. María Cruz Fierro Reyes, quien presidió, la Fiscal Judicial Sra. Juana Latham Fuenzalida y la Abogado Integrante Sra. Sonia Maldonado Calderón, para la vista
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica