TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE LOS ANGELES

MINISTERIO PUBLICO C/ LEODAN ALBERTO IRAIRA CARRASCO Y OTRO

Rol

Fecha

4 de diciembre de 2019

Materia

HOMICIDIO CALIFICADO. ART. 391 Nº 1.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: 1.- Que de los antecedentes expuestos en esta audiencia aparece que no existe discusión en que el imputado ha permanecido bajo la medida cautelar de arresto domiciliario total hace mas de un año, 18 de noviembre de 2018, sin registrar incumplimientos hasta aquellos informados al tribunal y que se concentran en cuatro días del mes de noviembre de 2019, días 14, 18 20 y 21. Así, tampoco ha sido discutido que durante la vigencia de la medida cautelar impuesta nunca ha sido conducido bajo arresto a alguna audiencia citada por el tribunal. 2.- Que en esta condiciones y a juicio de esta Corte no se constata algún elemento objetivo que constituya algún riesgo de inasistencia al juicio oral fijado para el próximo 26 de diciembre de 2019, más aun

Fundamentos

considerando que se han dado suficientes explicaciones respecto de las dificultades que pudo haber provocado que el domicilio del imputado se encontrare al interior del inmueble. De manera tal que a la fecha se solicitó la modificación del mismo a fin de poder registrar con mejor atención los aparatos sonoros y balizas con las que Carabineros realiza el control de la medida cautelar de arresto domiciliario.

Fallo

Por estas consideraciones y conforme a lo dispuesto en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia de veintiséis de noviembre en curso, pronunciada por el Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles, que modificó la medida cautelar contemplada en la letra a) del articulo 155 del Código Procesal Penal por la de prisión preventiva respecto del imputado Danilo Andrés Muñoz Muñoz y, en su lugar, se rechaza la solicitud del Ministerio Público y se mantiene la cautelar impuesta de arresto domiciliario total la que se cumplirá en el domicilio que solicitó modificar, esto es, calle Caupolicán 96, Población Lautaro, comuna de Nacimiento. Comuníquese lo decidido al tribunal a quo, por la vía más expedita y devuélvanse los antecedentes por el medio que corresponda. Las intervinientes quedan notificadas de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia en que se ha dictado, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-1042-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, cuatro de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS: 1.- Que de los antecedentes expuestos en esta audiencia aparece que no existe discusión en que el imputado ha permanecido bajo la medida cautelar de arresto domiciliario total hace mas de un año, 18 de noviembre de 2018, sin registrar incumplimientos hasta aquellos informados al tribunal y que se concentran en cuatro

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