AVILAS FUENTES CARLOS ANDRÉS/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
3 de diciembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: PRIMERO: Que se deduce recurso de amparo en favor de Carlos Andrés Ávila Fuentes, actualmente recluido en el Centro Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Ilustrísima Corte, que por resolución de 30 de octubre pasado, resolvió rechazar la concesión del beneficio impetrado. Refiere que no obstante cumplir con todos los requisitos legales al efecto, le fue denegado el beneficio, no existiendo fundamento suficiente para el rechazo del mismo. Solicita en definitiva se acoja el presente recurso y se conceda el beneficio de la libertad condicional. SEGUNDO: Que informando la Ministro doña Paola Plaza González, en su calidad de Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que consta que el recurrente fue postulado por el Tribunal de Conducta del Centro Cumplimiento Penitenciario Colina I, y por unanimidad , se rechazó la concesión del beneficio de que se trata. La resolución dictada a su respecto es del siguiente tenor: "Que al revisar los antecedentes del interno, se puede comprobar que este ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para postular al beneficios y además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres, cumpliéndose los requisitos que establece los números 1 y 2 del artículo 2 del DL 321; Que, sin embargo, la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. En efecto, se identifican en su evaluación elementos de riesgo como “mediana conciencia del delito y una presente conciencia del daño encontrándose en estadio motivacional de preparación”. Agrega que presenta “dificultades para la resolución de conflictos, respecto de identificar las consecuencias de la asociación a pares ilícitos”. Se añade que se encuentra en un “estadio motivacional de preparación, caracterizado por la búsqueda de posibilidades reales de cambio; sin embargo para esta postulació
Fallo
Por estas consideraciones y, visto, además lo dispuesto en las normas legales citadas y artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido a favor de Carlos Andrés Ávila Fuentes. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2393-2019. Pronunciada por la Undécima Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo e integrada por el Ministro (s) señor Rafael Andrade Díaz y por la Abogada integrante señora Virginia Halpern Montecino.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de diciembre de dos mil diecinueve. A los folios 536570 y 536580: téngase presente. Vistos: PRIMERO: Que se deduce recurso de amparo en favor de Carlos Andrés Ávila Fuentes, actualmente recluido en el Centro Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Ilustrísima Corte, que por resolución de 30 de octubre pasado, re
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