SIN INFORMACION

MELO GARCIA YERUVI ESTER/SEGUNDO JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

3 de diciembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece Daniel Jara Ortega, abogado, deduciendo acción constitucional de amparo en favor de YERUVI ESTER MELO GARCÍA, en contra del 2° Juzgado de Garantía de Santiago, alegando vulneración a la libertad personal de la amparada. Explica que el 26 de noviembre de 2019 doña YURUVI ESTER MELO GARCÍA fue detenida por funcionarios Policiales en virtud de una orden de detención pendiente expedida por el Juzgado de Garantía de Angol por no comparecencia a un procedimiento simplificado. En este sentido el Tribunal de Angol resolvió lo siguiente “Habiendo tomado conocimiento el Tribunal que se encuentra a disposición del 2° Juzgado de Garantía de Santiago, la imputada Yeruvi Ester Melo García, cédula de identidad N° 19.507.717-7, en virtud de la orden de detención vigente despachada en su contra por este Tribunal, se resuelve: Exhórtese al referido Juzgado, a objeto de que se efectúe el Control de la Detención a la imputada y se ordene su traslado a la ciudad de Angol, en calidad de detenida en tránsito, para ser puesta a disposición de este Tribunal, inmediatamente después de su arribo si fuere día hábil y hora de despacho o a primera audiencia el día hábil siguiente en caso contrario”. Indica que el mismo 26 de noviembre se realizó control de detención, donde el 2° Juzgado de Garantía de Santiago resolvió “En cumplimiento de lo exhortado se da orden de ingreso como detenido en tránsito en contra de YERUVI ESTER MELO GARCÍA, cédula de identidad N° 0019507717-7, para que se puesta a disposición del Juzgado de Garantía de Angol a primera audiencia, por registrar orden de aprehensión pendiente en causa de ese Tribunal RUC 1600200531-3, RIT 360-2016. Oficio”. Agrega que debido al acontecer nacional la afectada aún no ha sido trasladada al Tribunal de Angol, por lo que sigue privada de libertad en la Cárcel de Mujeres de San Miguel, ubicada en San Francisco 4756, comuna de San Miguel. Por lo tanto, lleva más 48 horas privada de libertad,

Fallo

se resuelve: Exhórtese al referido Juzgado, a objeto de que se efectúe el Control de la Detención a la imputada y se ordene su traslado a la ciudad de Angol, en calidad de detenida en tránsito, para ser puesta a disposición de este Tribunal, inmediatamente después de su arribo si fuere día hábil y hora de despacho o a primera audiencia el día hábil siguiente en caso contrario”. Indica que el mismo 26 de noviembre se realizó control de detención, donde el 2° Juzgado de Garantía de Santiago resolvió “En cumplimiento de lo exhortado se da orden de ingreso como detenido en tránsito en contra de YERUVI ESTER MELO GARCÍA, cédula de identidad N° 0019507717-7, para que se puesta a disposición del Juzgado de Garantía de Angol a primera audiencia, por registrar orden de aprehensión pendiente en causa de ese Tribunal RUC 1600200531-3, RIT 360-2016. Oficio”. Agrega que debido al acontecer nacional la afectada aún no ha sido trasladada al Tribunal de Angol, por lo que sigue privada de libertad en la Cárcel de Mujeres de San Miguel, ubicada en San Francisco 4756, comuna de San Miguel. Por lo tanto, lleva más 48 horas privada de libertad, sin que exista seguridad de cuándo podrá ser trasladada ante el Juzgado de Garantía de Angol, afectando claramente sus garantías constitucionales. Pide: 1. Que se ordene la liberación inmediata de YURUVI ESTER MELO GARCÍA. 2. Que se determine otra medida para asegurar la comparecencia de YURUVI MELO GARCÍA al Juzgado de Garantía de Angol al Procedimient

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de diciembre de dos mil diecinueve. Al folio 534348: a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece Daniel Jara Ortega, abogado, deduciendo acción constitucional de amparo en favor de YERUVI ESTER MELO GARCÍA, en contra del 2° Juzgado de Garantía de Santiago, alegando vulneración a la libertad personal de la amparada. Explica que el 26 de novi

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