BANCO ESTADO DE CHILE/MEDINA MEDINA Y OTRO
Rol
Fecha
2 de diciembre de 2019
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto:
Fundamentos
Considerando que la parte ejecutante hizo uso del derecho que le confiere el artículo 467 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, en lo apelado, sin costas, la resolución apelada de diez de septiembre de dos mil diecinueve, en la parte que condenó en costas a la parte ejecutante y, en su lugar,
Fallo
se declara que se exime al demandante de la condena en costas, por ser improcedente. Regístrese y devuélvase con su custodia. Redactó Riola Solano Guzmán, abogada integrante. N°Civil-2087-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, dos de diciembre de dos mil diecinueve. Visto: Considerando que la parte ejecutante hizo uso del derecho que le confiere el artículo 467 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, en lo apelado, sin costas, la resolución apelada de diez de septiembre de dos mil diecinueve, en la parte que condenó en costas a la parte ejecutante y, en su lugar, se declara que se ex
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