BANCO FALABELLA/OLIVARES MORALES PATRICIO
Rol
Fecha
2 de diciembre de 2019
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el fundamento de la incompetencia dice relación con el elemento territorio, el cual admite prórroga, por lo que, de ser procedente, debe ser alegado por la parte, se revoca, en lo apelado, la resolución de treinta de septiembre de dos mil diecinueve, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar, se declara que el tribunal a quo deberá dar curso a la demanda ejecutiva interpuesta como en derecho corresponda. Comuníquese. N°Civil-14567-2019.
Fallo
se declara que el tribunal a quo deberá dar curso a la demanda ejecutiva interpuesta como en derecho corresponda. Comuníquese. N°Civil-14567-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de diciembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Que el fundamento de la incompetencia dice relación con el elemento territorio, el cual admite prórroga, por lo que, de ser procedente, debe ser alegado por la parte, se revoca, en lo apelado, la resolución de treinta de septiembre de dos mil diecinueve, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Santiago
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