SOC. COMERCIAL Y DE TRANSPORTE TRANSTAR LIMITADA/HERRERA
Rol
Fecha
3 de diciembre de 2019
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 698 N° 7 del Código de Procedimiento Civil y que la apelación deducida por la demandada el once de octubre de dos mil diecinueve, contra la resolución de nueve del mismo mes y año, que no dio lugar a la objeción documental, no se encuentra en los presupuestos señalados en dicha norma, se omite pronunciamiento, debiendo el tribunal a quo tenerla por interpuesta en su oportunidad, si procediere. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-14.280-2.019.
Texto Completo (Preview)
fjr Santiago, tres de diciembre de dos mil diecinueve. Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 698 N° 7 del Código de Procedimiento Civil y que la apelación deducida por la demandada el once de octubre de dos mil diecinueve, contra la resolución de nueve del mismo mes y año, que no dio lugar a la objeción documental, no se encuentra en los presupuestos señalados en dicha norma, se omite pron
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