CORPBANCA / RODÓ RIVEROS VERONICA - (TERCERIA DE POSESION)
Rol
Fecha
29 de noviembre de 2019
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y teniendo, además, presente: Que del mérito de los antecedentes, atendido que el domicilio donde se practicó el embargo es aquél que la ejecutada señaló en el título ejecutivo, aparece que la demandante Itaú Corpbanca tuvo
Fundamentos
motivos plausibles para litigar. Y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos 144 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la sentencia de ocho de octubre de dos mil dieciocho, escrita a fojas 28 y siguiente, sólo en cuanto por ella condena en costas a la demandante y, en su lugar,
Fallo
se decide que queda eximida del pago de las mismas. Regístrese y devuélvase. N°Civil-15327-2018. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz e integrada por el Fiscal Judicial señor Jorge Norambuena Carrillo y por la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y teniendo, además, presente: Que del mérito de los antecedentes, atendido que el domicilio donde se practicó el embargo es aquél que la ejecutada señaló en el título ejecutivo, aparece que la demandante Itaú Corpbanca tuvo motivos plausibles para litigar. Y de conformidad, ade
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