SIN INFORMACION

RUBIO MILLAR HUGO EDUARDO/GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

29 de noviembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE Primero: Que comparece don Felipe Santander Pablot, Abogado, por el condenado Hugo Eduardo Rubio Millar, actualmente interno en la Unidad Penal Colina II y recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile y de la Comisión de Libertad Condicional por haber rechazado su postulación al proceso de libertad condicional del primer semestre del año 2019, ello sin ajustarse a la normativa vigente. Señala que la exclusión del amparado del proceso de libertad condicional, por la supuesta falta del cumplimiento de los requisitos legales tras la modificación del DL nro. 321 mediante la Ley N° 21.124, - específicamente por no cumplir el tiempo mínimo- es un acto arbitrario e ilegal que amenaza su libertad personal en contravención de lo dispuesto en la Constitución y las Leyes. Lo anterior, debido a que la institución, decidió dar aplicación retroactiva a la modificación legal de la ley 21.124 y la ley 20.981, en cuanto a establecer que no cumple ni cumpliría con el requisito del tiempo mínimo. Segundo: Que doña Paola Plaza González, Ministra Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, informa que el amparado no fue postulado por ninguna unidad penal en el proceso realizado entre el 14 y el 30 de octubre del año en curso. Tercero: Que informando el Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, señaló que se trata de un interno condenado por el 27° Juzgado de Garantía de Santiago, 3° Juzgado de Garantía de Santiago, y Garantía de San Antonio por los delitos de Saldo de Pena, Homicidio Frustrado, Robo con Violencia e intimidación y Saldo Pena, a las penas de 583 días más 5 años y 1 día más 10 años 1 día. Inicio el cumplimiento de su condena el 23 de agosto de 2011 y su fecha de término está prevista para el 31 de marzo de 2028, siendo el tiempo mínimo de cumplimiento el 29 de julio de 2020. Conforme a lo anterior refiere que el amparado no fue postulado al proceso actual de libertad condicional, ya que no cumple con su tiempo mí

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C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE Primero: Que comparece don Felipe Santander Pablot, Abogado, por el condenado Hugo Eduardo Rubio Millar, actualmente interno en la Unidad Penal Colina II y recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile y de la Comisión de Libertad Condicional por haber rechazado su postulación al proceso de

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