DONOSO RETAMAL VICTOR- VALDÉS LIZAMA FABIÁN /VISTOSOCANTERO MILENKO- POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE .-
Rol
Fecha
29 de noviembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Víctor Hugo Donoso Retamal, abogado, en representación de don Fabián Hermógenes Valdés Lizama, cédula de identidad N° 15.454.901-3, deduciendo acción de amparo preventivo en su favor y en contra del Ministerio Público y la Policía de Investigaciones. Indica que el amparado no se encuentra privado de libertad pero ha sido buscado y allanado el inmueble ubicado en Corelli N°452, Población Germán Riesco, comuna de San Joaquín, donde no fue encontrado, ya que es el domicilio de su pareja. Indica que ingresan al inmueble, señalando que tienen una orden emanada del 1° Juzgado de Garantía, en los autos Ruc N° 1900212920-8 y Rit N° 4771-2019, interrogándose a vecinos, exhibiéndole fotos del amparado, sindicándolo como un peligroso delincuente. Señala que intentó averiguar antecedentes de la causa pero es reservada y se negaron a dar antecedentes, ignorando los
Fundamentos
motivos por los cuales se despacha orden de detención en su contra, ya que asegura que su actividad nada tiene que ver con delitos. Segundo: Que, informando Rodrigo González Vega, Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de Pudahuel, señala que efectivamente en la Fiscalía Local de Pudahuel se lleva a cargo la investigación vigente RUC 1900212920-8, por los delitos de falsificación de instrumentos públicos reiterados, cohechos reiteradas, sobornos reiterados y alteración de datos de sistema informático reiterados, cometidos entre noviembre de 2018 y julio de 2019; además se investiga el uso malicioso de instrumentos públicos falsificados cometidos en la comuna de Pudahuel. Los documentos falsificados corresponderían a pasaporte y cédulas de identidad, en tanto que los cohechos se cometieron con ex funcionarios del Registro Civil e Identificación. Que en dicho contexto el fiscal adjunto de Pudahuel que suscribe, decretó orden de investigar al Departamento de Inspección Secundaria Aeropuerto de la Policía de Investigaciones de Chile para fines de esclarecer los hechos investigados y determinar la identidad de los partícipes. Indica que en el desarrollo de dicha investigación se ha recibido en esta Fiscalía Local sendos informes policiales evacuados por la Unidad ya señalada, los cuales concluyen que hasta la fecha se han falsificados alrededor de 76 documentos. Explica que a raíz de los informes evacuados, se han despachado alrededor de 24 órdenes de detención y 15 órdenes de entrada y registro. Sin embargo, ninguna orden de detención, como tampoco ninguna autorización de entrada y registro se ha solicitado, y por consiguiente tampoco se ha concedido, respecto del recurrente Fabián Hermógenes Valdés Lizama. Tercero: Que, informando la Policía de Investigaciones señala que el amparado forma parte de una investigación reservada, a cargo del Departamento de Inspección Secundaria Aeropuerto, enmarcada en causas R.U.C. N° 1900212920-8 y N° 1900869767-4, por los delitos de Falsificación y Uso Malicioso de instrumento Público, Cohecho Reiterado, Soborno Reiterado y Alteración de Datos del Sistema Informático, emanadas de la Fiscalía Local de Pudahuel. Sin embargo, advierte que personal del Departamento de Inspección Secundaria Aeropuerto no ha participado en los hechos relatados por el amparado. Consultado en el Sistema de Gestión Policial, GEPOL, VALDÉS LIZAMA no registra órdenes de arresto, detención o arraigo vigentes. Cuarto: Que, el recurso de amparo, contemplado en nuestra Constitución Política, se creó con el propósito de cautelar debidamente la libertad personal y la seguridad individual, y por lo tanto cualquier persona por sí o a favor de un tercero puede recurrir ante el órgano jurisdiccional para su amparo cuando estime vulnerados o amenazados por actos arbitrarios o ilegales y la Corte de Apelaciones correspondiente en su caso deberá adoptar las medidas conducentes para restablecer el orden jurídico quebrantado. Quinto: Que, como se despre
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Se deja constancia que integra extraordinariamente esta Sala la Ministro señora Gloria Solís Romero, en reemplazo del Ministro señor Alejandro Madrid Crohare. Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve. Paulina Moya J. Relatora C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Víctor Hugo Donoso Retamal,
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