BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA CHILE/GÓMEZ
Rol
Fecha
2 de diciembre de 2019
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación debe contener además de los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya, las peticiones concretas que se formulan al tribunal de segunda instancia. 2°) Que la apelación deducida por la parte demandante con fecha dieciséis de agosto pasado carece de peticiones concretas, resultando insuficiente la solicitud de “revocar la referida resolución dejándola sin efecto en todas sus partes”, por lo que la apelación no será admitida a tramitación. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha dieciséis de agosto del año en curso, en contra de la resolución dictada con fecha nueve de agosto de dos mil diecinueve. Comuníquese. N°Civil-14177-2019.
Texto Completo (Preview)
fjr C.A. de Santiago Santiago, dos de diciembre de dos mil diecinueve. Al folio 3: estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°) Que de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación debe contener además de los fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya, las peticiones concretas que se formulan al tribunal de seg
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