SIN INFORMACION

URRESTARAZU GOMEZ MONICA JEANETTE / JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE SANTIAGO.-

Rol

Fecha

28 de noviembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece Juan Antonio Urzúa Meneses, abogado, a favor de Mónica Jeanette Urrestarazu Gómez, e interpone recurso de amparo en contra del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien mediante resolución de fecha 5 de septiembre del 2019 dictada en los autos RIT P-40967-2017, dispuso el arresto de su representada por no pago de las obligaciones previsionales materia del proceso indicado. Se refiere al Pacto de San José de Costa Rica que en su artículo 7 número 7 dispone que nadie será detenido por deudas, exceptuando los incumplimientos de deberes alimentarios. Señala que el Pacto de San José de Costa Rica tiene una jerarquía superior al artículo 12 de la ley 17.322. Agrega que el criterio de asimilar las deudas previsionales a deudas alimentarias adolece de un vicio de interpretación constitucional, esto es, efectuar una exégesis extensiva de una excepción a un derecho fundamental. Enseguida argumenta en cuanto a que la obligación de enterar cotizaciones previsionales es distinta y no comparte las características de una obligación alimenticia. Indica que la orden de arresto referida amenaza la libertad personal y seguridad individual de su representada. Pide: se acoja el recurso y se declare que debe cesar toda perturbación y amenaza que afecte el derecho a la libertad persona y seguridad individual de su parte, dejando sin efecto la orden de arresto dictada el 5 de septiembre en los autos P-40967-2017. SEGUNDO: Informa doña Lidia Bruna Uribe, Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, informa que AFP Provida dedujo demanda ejecutiva previsional en contra de Juridica Urrestazu SpA, representada por doña Mónica Urrestarazu Gómez, a quien se le requirió de pago el 6 de marzo de 2018. Luego, con fechas 2 y 4 de mayo del 2018 la ministro de fe del tribunal certifica que la ejecutada no opuso excepciones dentro de plazo y que no consignó fondos en la causa. Señala que luego, a requerimiento d

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece Juan Antonio Urzúa Meneses, abogado, a favor de Mónica Jeanette Urrestarazu Gómez, e interpone recurso de amparo en contra del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien mediante resolución de fecha 5 de septiembre del 2019 dictada en los autos RIT P-40967-201

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