SOCIEDAD ASITERMIC S.A/SK ENGINEERING & CONSTRUCTION CO. LTDA
Rol
Fecha
17 de diciembre de 2019
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, en relación al artículo 5° letra d) de la Ley N° 19.983, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por la parte demandada el uno de octubre de dos mil diecinueve, en contra de la resolución de dos de julio del mismo año. Devuélvase. N°Civil-13839-2019./gvs/
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por la parte demandada el uno de octubre de dos mil diecinueve, en contra de la resolución de dos de julio del mismo año. Devuélvase. N°Civil-13839-2019./gvs/
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve. A los folios N° 3 y N° 4, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, en relación al artículo 5° letra d) de la Ley N° 19.983, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son in
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