DCTE. O QTE.: RAFAEL VICTOR RODRIGUEZ AVILES. DCTE. O QTE. Y DDO. CIVIL: JOSE ESTUARDO LAGOS VASQUEZ. DDO. CIVIL: MARITZA SEGURA FIGUEROA. DTE. CIVIL: EDUARDO CASTRO JARA
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y teniendo, además, presente: Que el documento en que la apelante funda su pretensión revocatoria no puede ser valorado en esta instancia, por cuanto no fue acompañado en ninguna de las oportunidades que la ley establece para la incorporación de la prueba documental, y que los argumentos dados en el escrito de apelación no resultan suficientes para modificar las conclusiones vertidas en el fallo de primer grado; se confirma, en lo apelado y sin costas del recurso, la sentencia definitiva de dieciséis de mayo de dos mil diecinueve, escrita de fojas 46 a 49 de estos autos. Regístrese y devuélvase. Redactó Reynaldo Eduardo Oliva Lagos, ministro interino. Rol Policía Local-202-2019.
Fallo
fallo de primer grado; se confirma, en lo apelado y sin costas del recurso, la sentencia definitiva de dieciséis de mayo de dos mil diecinueve, escrita de fojas 46 a 49 de estos autos. Regístrese y devuélvase. Redactó Reynaldo Eduardo Oliva Lagos, ministro interino. Rol Policía Local-202-2019.
Texto Completo (Preview)
CGR C.A. Concepción. Concepción, veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve. Visto y teniendo, además, presente: Que el documento en que la apelante funda su pretensión revocatoria no puede ser valorado en esta instancia, por cuanto no fue acompañado en ninguna de las oportunidades que la ley establece para la incorporación de la prueba documental, y que los argumentos dados en el escrito de
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