3º JUZGADO DE LETRAS DE PUNTA ARENAS

ALIMENTOS LAI FAM LIMITADA/INMOBILIARIA ZHUPI SPA

Rol

Fecha

27 de noviembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Entendiéndose reunidos en el fiador ofrecido los requisitos establecidos en el artículo 2350 del Código Civil, y atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE RECVOCA, la resolución de veintidós de octubre del año en curso, en cuanto ordena cumplir con dicho requisito, y en su lugar se declara que éste se tiene por cumplido. Atendido el mérito de los antecedentes, y en consideración al objeto de la fianza ordenada rendir, SE CONFIRMA, la resolución en alzada, con declaración, que se rebaja el monto ordenado consignar por concepto de fianza a la suma de $40.000.000.- (cuarenta millones de pesos). Devuélvanse. Rol N°Civil-284-2019.

Fallo

se declara que éste se tiene por cumplido. Atendido el mérito de los antecedentes, y en consideración al objeto de la fianza ordenada rendir, SE CONFIRMA, la resolución en alzada, con declaración, que se rebaja el monto ordenado consignar por concepto de fianza a la suma de $40.000.000.- (cuarenta millones de pesos). Devuélvanse. Rol N°Civil-284-2019.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS: Entendiéndose reunidos en el fiador ofrecido los requisitos establecidos en el artículo 2350 del Código Civil, y atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE RECVOCA, la resolución de veintidós de octubre del año en curso, en cuanto ordena cumplir con dic

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