C/ MIGUEL ANGEL REBOLLEDO VALDIVIA
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2019
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Por los
Fundamentos
fundamentos señalados en esta audiencia y que constan en el registro de audio disponible al efecto, se confirma la resolución apelada de veintinueve de octubre de dos mil diecinueve, dictada por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago. Acordada contra el voto del Ministro señor Balmaceda, quien fue de opinión de revocar la referida resolución y rechazar la solicitud del Ministerio Público de revocar la pena sustitutiva impuesta al sentenciado Miguel Ángel Rebolledo Valdivia, pues en su concepto el tenor literal del artículo 27 de la Ley N° 18.216 es claro en exigir que tanto la ocurrencia del nuevo crimen o simple delito como la condena por mismo, que justifican tal revocación, tengan lugar “durante su cumplimiento”. La ley señala específicamente que la pena sustitutiva se considera quebrantada y sólo puede quebrantarse aquello que se está cumpliendo, de manera tal que como en el caso de la especie la pena sustitutiva a que fue condenado Rebolledo Valdivia no había principiado a cumplirse, en concepto del disidente no puede estimarse quebrantada y, por lo mismo, no puede tampoco revocarse. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-5884-2019 Ruc: 1800289916-3 Rit: O-4839-2018 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Jaime Balmaceda Errazuriz, señora Gloria Maria Solis Romero y el Abogado Integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers Relatora: Mariana Díaz Digitadora: Carla Medina
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