2º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

FACTUREDO CL SPA/CMPC PULP S.A

Rol

Fecha

28 de noviembre de 2019

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que en lo que respecta a los juicios ordinarios de menor cuantía, el recurso de apelación deducido contra resoluciones que no se refieran a la competencia o a la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el Juez tendrá por interpuesto el recurso para después de la sentencia que ponga término al juicio. El apelante deberá reproducirlo dentro de los cinco días subsiguientes al de la notificación de la sentencia y en virtud de esta reiteración, lo concederá el tribunal. En mérito de lo anteriormente expuesto y lo dispuesto en el artículo 698 N°7 del Código de Procedimiento Civil, por no existir asunto que deba conocer esta Corte, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, sobre el recurso de apelación interpuesto el dos de octubre de dos mil diecinueve (folio N°35), en contra de la interlocutoria de prueba de ocho de abril del año en curso, debiendo el Tribunal a quo tenerlo por interpuesto en su oportunidad, si procediere. Devuélvase.   N°Civil-14555-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago(Sala Tramitadora) Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve. (dia) Vistos y teniendo presente: Que en lo que respecta a los juicios ordinarios de menor cuantía, el recurso de apelación deducido contra resoluciones que no se refieran a la competencia o a la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el Juez tendrá por i

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