SIN INFORMACION

MARCO ANTONIO BENAVIDES AYALA CONTRA SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN

Rol

Fecha

26 de noviembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que comparece don Marco Antonio Benavides Ayala, empresario, domiciliado en compañía de Jesús N° 1.389 dpto. 24 comuna de Santiago, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, en razón del rechazo efectuado por ese Servicio a su solicitud de rectificación de posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento tía doña María Cristina Saldaña Ayala, mediante resolución exenta PE N° 69591 de 26 de agosto del presente año. Señala que el Servicio justificó la citada resolución en cuanto el recurso de protección 3348-2019 de esta Corte, otorgó la posesión efectiva de la causante exclusivamente a don Roberto del Carmen Saldaña Ayala, en calidad de hermano de la causante y de conformidad al artículo 3 del Código Civil las sentencias judiciales sólo tienen fuerza obligatoria en las causas que se pronunciaren. Funda su acción en su calidad de hijo de Elena del Carmen Ayala, quien ya encuentra fallecida, quien era hermana de la causante y se sustenta además en lo resuelto en el recurso de protección interpuesto por Roberto Saldaña Ayala, su tío en ingreso corte N° 383-2018 de esta Corte, que acogió la filiación y estado civil de hijo del recurrente respecto de María Regina Ayala o María Benigna Ayala Lara. Dice la causante falleció en el año 2015, sin descendientes que la heredaran, siendo sus parientes más cercanos sus hermanos Elena del Carmen Ayala (que es su madre), y sus tíos María Inés Ayala, Gerardo María Castro Ayala y Roberto del Carmen Saldaña Ayala. En su oportunidad el último tío indicado, gestionó la posesión efectiva ante el Registro Civil, la cual no prosperó, toda vez que el servicio no se la otorgó porque en la partida de nacimiento de la causante, no consta reconocimiento conforme a la legislación aplicable a la época de la inscripción, por lo que constituye filiación indeterminada, por tanto, no es posible acreditar algún grado de parentesco con el solicitante u

Fallo

por tanto, no es posible acreditar algún grado de parentesco con el solicitante u otro presunto heredero, dado que no se produjeron los efectos hereditarios. Explica que Elena del Carmen Ayala, Gerardo María Castro Ayala, María Inés Ayala, son hermanos de la causante, todos hijos inscritos por doña María Regina Ayal o María Benigna Ayala Lara, según consta en certificado de nacimiento que acompaña, sin embargo, no se cumplió por la madre con el requisito formal exigido por el artículo 272 del Código Civil de la época, que exigía el reconocimiento de los hijos nacidos fuera del matrimonio por escritura pública para adquirir la calidad de hijo natural, y al no cumplir su abuela materna con dicha formalidad, no detentan los hijos citados la filiación materna. Producto de lo anteriormente expuesto, interpone la presente acción con el fin de regularizar y determinar la filiación de su madre y sus tíos respecto de María Regina Ayala o María Benigna Ayala Lara, y de esta forma asumir todas las consecuencias jurídicas que deriven de ello, especialmente para trámites hereditarios ante el Registro Civil. Manifiesta que el 10 de septiembre de 2019 recibió por carta certificada la resolución exenta de la recurrida que le comunicó la negativa alegada como acto ilegal y arbitrario. Funda la ilegalidad del acto, en la circunstancia de aplicar el registro civil, normas que ya se encuentran derogadas, por considerar que en materia de filiación y de derechos humanos las normas positivas debe

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Santiago, a veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve. Vistos: Primero: Que comparece don Marco Antonio Benavides Ayala, empresario, domiciliado en compañía de Jesús N° 1.389 dpto. 24 comuna de Santiago, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, en razón del rechazo efectuado por ese Servicio a su solicitud de rectificación de po

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