INSPECCIÓN MUNICIPAL DE LA FLORIDA - ENEL DISTRIBUCIÓN CHILE S.A VISTA EN POS DEL ANTERIOR.-
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y se tiene además presente: 1°) La infracción por la que se sanciona a la recurrente se encuentra contenida en una Ordenanza Municipal, actualmente vigente, sin que conste que haya sido impugnada en su oportunidad en cuanto a su posible ilegalidad. 2°) Las competencias de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles no excluyen las de la Municipalidad como administradora de los bienes nacionales de uso público donde se encuentra emplazada la postación de la recurrente. 3°) La propiedad del poste donde se halla el cableado en las situaciones que prescribe el artículo 4 de la Ordenanza N° 95 de 12 de septiembre de 2014, no ha sido cuestionada y consta además de la certificación que han efectuado los respectivos inspectores municipales, sin que se haya ofrecido ni rendido prueba en contrario sobre este punto. 4°) Que finalmente, y en relación a los argumentos expuestos en la vista de la causa sobre la dictación de la ley N° 21.172 que regula el tendido y retiro de líneas aéreas y subterráneas aquella fue dictada el 20 de agosto de este año, es decir, con posterioridad a la infracción denunciada en autos, que a la sazón se encontraba regulada solo en la Ordenanza Municipal ya referida, por lo que el cuerpo legal aludido no puede aplicarse a hechos ocurridos con antelación a su vigencia, por impedirlo el artículo 9° del Código Civil. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia apelada de veinticinco de enero de dos mil diecinueve, escrita a fojas 10 y siguiente, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de La Florida. Acordada con el voto en contra del ministro señor Mera quien fue de opinión de revocar la sentencia apelada y en consecuencia dejar sin efecto la multa impuesta a ENEL conforme a los siguientes argumentos: a) Que de acuerdo al artículo 4° de la Ordenanza N° 95 de la Ilustre Municipalidad de La Florida, las empresas propietarias de postes emplazados en bienes nacionales de uso
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia apelada de veinticinco de enero de dos mil diecinueve, escrita a fojas 10 y siguiente, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de La Florida. Acordada con el voto en contra del ministro señor Mera quien fue de opinión de revocar la sentencia apelada y en consecuencia dejar sin efecto la multa impuesta a ENEL conforme a los siguientes argumentos: a) Que de acuerdo al artículo 4° de la Ordenanza N° 95 de la Ilustre Municipalidad de La Florida, las empresas propietarias de postes emplazados en bienes nacionales de uso público deberán mantener identificados dichos postes con el nombre de la misma o su continuadora legal, así como mantener en perfectas condiciones los tendidos aéreos apoyados en los postes propios o de terceros, no permitiéndose cables cortados, colgados a baja altura, sueltos, los que se consideran para efectos de la indicada ordenanza como escombro, o cualquier otra forma que afecte la seguridad de las personas. De la norma citada, surgen dos obligaciones para las empresas que tengan postes en bienes nacionales de uso público. La identificación de los postes con el actual propietario y, mantener en perfecto estado de conservación los cables apoyados en sus postes o de terceros, prohibiéndose mantener cables cortados, sueltos o colgados a baja altura. b) Que del mérito de los antecedentes, no es posible estimar que la infracción haya sido efectivamen
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve. Visto y se tiene además presente: 1°) La infracción por la que se sanciona a la recurrente se encuentra contenida en una Ordenanza Municipal, actualmente vigente, sin que conste que haya sido impugnada en su oportunidad en cuanto a su posible ilegalidad. 2°) Las competencias de la Superintendencia de Electricidad y Combus
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica