2º JUZGADO POLICIA LOCAL DE SANTIAGO

CABEZAS CERPA CELIA CAROLINA CERPA RODRIGUEZ CELIA DEL CARMEN MEDINA LIZAMA LUIS

Rol

Fecha

22 de noviembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que de conformidad a lo que dispone el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, puede eximirse del pago de las costas a la parte que ha litigado con motivo plausible, circunstancia que se aprecia en este caso, en que resulta evidente que la parte denunciante durante la tramitación del juicio realizó todas las gestiones y actuaciones tendientes a acreditar el derecho que invoca, circunstancia que hace plausible su accionar, sin perjuicio de lo decido sobre el fondo del asunto. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en los artículos 144 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la sentencia de diecinueve de julio de dos mil dieciocho, escrita a fojas 43 y siguientes, sólo en cuanto condenó en costas a la denunciante y, en su lugar, se declara que se le exime de dicho pago. Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia, con declaración de que las denunciadas deberán hacerse cargo de la tenencia responsable de su mascota de conformidad a las normas legales y reglamentarias vigentes. Regístrese y devuélvase. N° Policia Local-2390-2018. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro (P) señor Javier Moya Cuadra, conformada por el Ministro señor Alejandro Madrid Crohare y el Abogado Integrante señor Rodrigo Rieloff Fuentes.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en los artículos 144 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la sentencia de diecinueve de julio de dos mil dieciocho, escrita a fojas 43 y siguientes, sólo en cuanto condenó en costas a la denunciante y, en su lugar, se declara que se le exime de dicho pago. Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia, con declaración de que las denunciadas deberán hacerse cargo de la tenencia responsable de su mascota de conformidad a las normas legales y reglamentarias vigentes. Regístrese y devuélvase. N° Policia Local-2390-2018. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro (P) señor Javier Moya Cuadra, conformada por el Ministro señor Alejandro Madrid Crohare y el Abogado Integrante señor Rodrigo Rieloff Fuentes.

Texto Completo (Preview)

Foja: 64 C.A. de Santiago Santiago, veintidós de noviembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Que de conformidad a lo que dispone el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, puede eximirse del pago de las costas a la parte que ha litigado con motivo plausible, circunstancia que se aprecia en este caso, en que resulta evidente que la parte denunciante durante la tramitación

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