CABRERA VILAZA BASTÁN EDUARDO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
22 de noviembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Claudia Camila García Zuñiga, abogado e interpone acción constitucional de amparo a favor de Bastián Eduardo Cabrera Vilaza, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, segundo semestre año 2019, por haberle denegado la concesión del beneficio de la libertad condicional, en circunstancias que reuniría todos los requisitos previstos en el Decreto Ley N° 321, afectándose con ello la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Señala que el amparado se encuentra en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 2, cumpliendo la pena de seis años por el delito de robo con intimidación, en causa RUC: 150066214-6; RIT: 54-2016, del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. Indica que se ha estado privado de libertad de manera ininterrumpida a lo menos el 11 de agosto de 2015, lo cual a la fecha suma a lo menos cuatro años sin tomar en consideración los meses que se le han otorgado a favor de la Ley Nª 19.956. Durante el tiempo que estado privado de libertad, ha mantenido una conducta intachable, de acuerdo a los términos exigidos en los artículos 18 al 21 del Reglamento Nº2442, al interior del Establecimiento Penal donde cumple condena, siento ésta calificada como muy buena, desde el periodo del bimestre Mayo – Junio de 2018 a la fecha. Por ello cumple con todos los requisitos para que se le conceda el beneficio de la libertad condicional. En virtud de lo anterior, solicita se adopten las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, otorgándose la libertad condicional al amparado. SEGUNDO: Que informando la parte recurrida a través de su Presidenta, la Ministro señora Paola Plaza González, señala que requeridos los antecedentes pertinentes a la Secretaria Criminal, consta que el recurrente fue postulado por el Tribunal de Conducta del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II y, por unanimidad, se rechazó la concesión
Fundamentos
considerando que en definitiva el acto denunciado concierne a aquel en virtud del cual se negó al amparado el beneficio de libertad condicional, corresponde entonces determinar si, en la especie, la Comisión de Libertad Condicional, al decidir como lo hizo, incurrió efectivamente de modo ilegítimo en alguna vulneración a los derechos fundamentales precedentemente citados. QUINTO: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en aquella se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal, toda vez que la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre a través del “informe de postulación psicosocial” elaborado por profesionales de Gendarmería de Chile, según lo dispone el artículo 2° N° 3° del Decreto Ley N° 321, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.124; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. SEXTO: Que, de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución aludida ni menos que esta vulnere la garantía de la libertad personal.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido a favor de Bastián Eduardo Cabrera Vilaza,, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y archívese, si no se apelare. N°Amparo-2283-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintidós de noviembre de dos mil diecinueve. AMPARO 2283-2019 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Claudia Camila García Zuñiga, abogado e interpone acción constitucional de amparo a favor de Bastián Eduardo Cabrera Vilaza, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, segundo semestre año 2019, por haberle denegado la concesión del beneficio de l
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