SIN INFORMACION

VICTORIA FERNANDA MARDONES MARDONES/GENDARMERIA DE CHILE - C.P.F SANTIAGO

Rol

Fecha

21 de noviembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que recurre de amparo doña Keomara Henríquez Jaramillo, defensora penal pública en favor de Victoria Fernanda Mardones Mardones, actualmente recluida en el Centro Penitenciario Femenino de Santiago, en contra de Gendarmería de Chile por las sanciones cursadas durante el presente año en contra de su defendida. Señala que su representada se encuentra cumpliendo una condena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito de robo con intimidación en referido penal, al que ingresó luego de incumplir la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva que le fue primitivamente concedida. Añade que la penada ha sido hospitalizada en diversas oportunidades en el hospital psiquiátrico Horwitz Barak por intentos de suicidio, y que pese al diagnóstico que arrojó el referido centro de salud -según el cual Mardones Mardones padece de trastorno neurocognitivo leve, trastorno por consumo de alcohol en abstinencia, trastorno por consumo de sustancias psicoactivas y trastorno límite de personalidad con rasgos antisociales-, el presente año se le han impuesto más de 10 castigos. Alega que producto de los castigos cursados en su contra, la interna registra conducta “pésima”, lo que le impide acceder a beneficios intrapenitenciarios y de ser visitada por su familia. Describe el trastorno límite de la personalidad que padece la condenada, de cuyas características desprende que la conducta de aquella no persigue infringir el ordenamiento interno del penal, sino que autocastigarse y aliviar el sufrimiento interno que experimenta. Reflexiona respecto de los intentos de suicidio que ha perpetrado su defendida, hechos que no han sido penalizados por la ley, que también son expresión de su enfermedad mental y que por lo tanto no pueden ser sancionados sin infringir el principio de tipicidad, indicando que el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios no sanciona en ninguna parte esta clase de conducta. Expresa que para fundar

Texto Completo (Preview)

Dejo constancia que alegó por el recurso la abogada Keomara Henríquez. En Santiago, a 21 de noviembre de 2019. En Santiago, a veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve. Al folio 77617: Téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que recurre de amparo doña Keomara Henríquez Jaramillo, defensora penal pública en favor de Victoria Fernanda Mardones Mardones, actualmente recluida en e

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