MINISTERIO PUBLICO C/ ANA BELEN PINO RAMOS
Rol
Fecha
21 de noviembre de 2019
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE 1° Que de los antecedentes aportados por los intervinientes en la audiencia se desprende que la imputada Ana Belén Pino Ramos fue sorprendida por Carabineros en el interior de la farmacia Cruz Verde de calle Barros Arana N° 854 de esta Ciudad, en los momentos en que se estaba realizando un saqueo de dicho local comercial, aprovechando el forado realizado en la reja metálica del mismo. Dicho comportamiento puede ser razonablemente calificado como un delito de robo con fuerza en lugar no habitado, sin embargo en cuanto a la etapa de desarrollo del mismo no puede estimarse como consumado, toda vez que la imputada no sustrajo efectivamente especies desde la señalada farmacia. 2° Que, de los mismos antecedentes fluyen presunciones fundadas de participación de esta en el hecho antes indicado, en calidad de autora. 3° Que, en cuanto a la necesidad de cautela si bien concurren condiciones objetivas que permiten dar por configurado que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, no se han aportado razones para estimar que la prisión preventiva es la única medida cautelar eficiente para el caso, pudiendo cumplirse el fin cautelar con otra menos intensa, razón por la cual se accederá a la petición subsidiaria planteada por la defensa. Por lo razonado y de conformidad a los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de trece de noviembre de dos mil diecinueve dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, y en su lugar se dispone que la imputada Ana Belén Pino Ramos queda sujeta únicamente a la medida cautelar de privación de libertad total en su domicilio, en los términos previstos en el artículo 155 letra a) del código ya citado. Dese inmediata orden de libertad a favor de la mencionada imputada si no estuviere privada de ella por otra causa. Comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-990-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Luc Concepción, veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE 1° Que de los antecedentes aportados por los intervinientes en la audiencia se desprende que la imputada Ana Belén Pino Ramos fue sorprendida por Carabineros en el interior de la farmacia Cruz Verde de calle Barros Arana N° 854 de esta Ciudad, en los momentos en que se estaba real
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