2º JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA

BANCO DE CHILE CON ENCINA MUÑOZ ESTER DEL CARMEN

Rol

Fecha

20 de noviembre de 2019

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

ANULA DE OFICIO

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Hechos

VISTOS: Que, se ha elevado esta causa para conocer el recurso de apelación deducida por la parte ejecutante Banco Chile en contra de la sentencia de fecha 9 de mayo de 2019, dictada por el Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de La Serena, doña Ghislaine Landerretche Sotomayor que rechazó todas las excepciones opuestas por el ejecutado don Alejandro Alfonso Aguilera Pérez y acogió la excepción de excepción de prescripción opuesta por la ejecutada codeudora solidaria, doña Ester del Carmen Encina Muñoz, poniéndose termino la ejecución respecto de ella. En la vista de la causa el tribunal de Alzada reparó en la existencia de un posible vicio de casación de oficio, al tenor de lo dispuesto en el artículo 775 y 768 N°2 del Código de Procedimiento Civil. Y TENIENDO, ADEMAS, PRESENTE: 1° Que, con fecha 17 de julio de dos mil dieciocho se dictó por la juez del 2° Juzgado de Letras de La Serena, doña Ghislaine Landerretche Sotomayor, sentencia definitiva rechazando las excepciones opuestas por el ejecutado don Alejandro Alfonso Aguilera Pérez de fecha 13 de diciembre de 2017. 2° Que, posteriormente con fecha 21 de diciembre de 2018 se acogió incidente de nulidad de todo lo obrado, retrotrayendo la causa al estado de requerir a la ejecutada doña Ester del Carmen Encina Muñoz, y ordenando proveer nuevamente la presentación de fecha 13 y 27 de diciembre de 2018, en cuanto el ejecutado opuso excepciones. 3° Que, luego con fecha 24 de diciembre de 2018 la juez del 2° Juzgado de Letras de La Serena, doña Ghislaine Landerretche Sotomayor, provee el escrito de 13 de diciembre de 2017, teniendo por opuesta las excepciones del ejecutado, advirtiendo que para conferir el traslado de rigor deberá requerirse de pago a la ejecutada codeudora solidaria; para luego nuevamente intervenir en autos proveyendo el escrito que opone excepciones la ejecutada y con fecha 15 de enero de 2019 tener por evacuado el traslado del ejecutante, dictando posteriormente el 23 de enero de 2019 resolu

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y, en especial, lo dispuesto en los artículos 768 Nº 2 en relación al artículo 195 N°8 del Código Orgánico de Tribunales, y artículo 775 del Código de Procedimiento Civil, se declara que SE INVALIDA de oficio la sentencia de fecha 09 de mayo del año en curso, retrotrayéndose la causa al estado en que juez no inhabilitado provea como en derecho corresponda la presentación de fecha 27 de diciembre de 2017 y presentación de 07 de enero de 2019, prosiguiendo la tramitación de la causa hasta la dictación de la sentencia definitiva, si procediere. En cuanto a la apelación deducida por el ejecutante con fecha 07 de junio de 2019, SE OMITE pronunciamiento a su respecto, atendido lo ya resuelto. Regístrese y devuélvase. Rol N° 905-2019 Civil.- Pronunciado por la Segunda Sala de la Ilma. Corte de Apelaciones de La Serena, integrada por el Ministro titular señor Christian Le-Cerf Raby, el Ministro suplente señor Juan Carlos Espinosa Rojas y la abogado integrante señora Maritza Cortés Cortés. La Serena, veinte de noviembre de dos mil diecinueve, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Banco de Chile Encina Muñoz, Ester del Carmen Cobro de Pagaré Rol N° 905-2019.- (C-3072-2017 Segundo Juzgado de Letras de La Serena) La Serena, veinte de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS: Que, se ha elevado esta causa para conocer el recurso de apelación deducida por la parte ejecutante Banco Chile en contra de la sentencia de fecha 9 de mayo de 2019, dictada por el Juez Titular del Segund

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