ITAÚ CORPBANCA/SAIZ
Rol
Fecha
22 de noviembre de 2019
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTO: Que atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 187 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Eduardo Alejandro Becas Mora en contra de la resolución de fecha diecisiete de octubre de dos mil diecinueve, escrita a dolio 5 del cuaderno de inidente de nulidad de lo obrado del Tribunal de primera instancia, atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida y la forma de interposición del arbitrio. Déjese sin efecto la orden de no innovar concedida. Ofícise. Devuélvase. Sirva la presente la resolución de suficiente y atento oficio remisor. Rol N°Civil-1566-2019.(gll)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Eduardo Alejandro Becas Mora en contra de la resolución de fecha diecisiete de octubre de dos mil diecinueve, escrita a dolio 5 del cuaderno de inidente de nulidad de lo obrado del Tribunal de primera instancia, atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida y la forma de interposición del arbitrio. Déjese sin efecto la orden de no innovar concedida. Ofícise. Devuélvase. Sirva la presente la resolución de suficiente y atento oficio remisor. Rol N°Civil-1566-2019.(gll)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintidós de noviembre de dos mil diecinueve. Al escrito de fecha ocho de noviembre del año en curso presentado por el abogado don Fernando Mellado Fontenelle: Estese a lo que se resolverá. VISTO: Que atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en los artículos 187 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario
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