DPTO. INSPECCIÓN GENERAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA - ENEL DISTRIBUCIÓN CHILE S.A. VISTA EN POS DEL ANTERIOR.-
Rol
Fecha
19 de noviembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los
Fundamentos
motivos 6°, 7° y 8°, los que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que, en la especie, se ha aplicado a la recurrente una multa por infracción a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ordenanza N°95 de la Ilustre Municipalidad de La Florida. Segundo: Que, acorde con la citada disposición, las empresas propietarias de postes emplazados en bienes nacionales de uso público deberán mantener identificados dichos postes con el nombre de la misma o su continuadora legal, así como mantener en perfectas condiciones los tendidos aéreos apoyados en los postes propios o de terceros, no permitiéndose cables cortados, colgados a baja altura, sueltos, los que será considerados para efectos de la presente ordenanza como escombro, o cualquiera otra forma que afecte la seguridad de las personas. De la norma antes transcrita surgen dos obligaciones para las empresas que tengan postes en bienes nacionales de uso público: por un lado, mantener identificados los postes con el actual propietario y, por el otro, mantener en perfecto estado de conservación los cables apoyados en sus postes o de terceros y respecto de este último se dispone la prohibición de mantener cables cortados, sueltos o colgados a baja altura. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes, no es posible para esta Corte estimar que la infracción haya sido efectivamente cometida por la recurrente, desde que la denunciante únicamente acompañó a la denuncia fotografías de la conducta infraccional que le imputa; toda vez que ellas no demuestran que la cantidad de cables que se aprecian en ellos están colgados a baja altura o sueltos y que ellos pertenezcan inequívocamente a la denunciada, pudiendo ser dueño cualquier otra empresa que opere en el sector. Cuarto: Que, a propósito de la naturaleza infraccional de la multa impuesta, es ineludible tener en consideración que ante la falta de certidumbre del sujeto infractor no es posible aplicar la sanción en comento, toda vez que aquello importaría una transgresión a principios de orden constitucional. Quinto: Que, en este escenario, el juez a quo no disponía de evidencias para aplicar la multa, resultando insuficiente la alusión al mérito de la denuncia y la calidad de ministro de fe del inspector municipal respectivo, precisando que éste no verificó si los materiales o escombros objeto de la denuncia eran o no de propiedad de la empresa denunciada.
Fallo
Por estas consideraciones, cita legal, y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de doce de octubre de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de La Florida y, en su lugar, se declara que se deja sin efecto la multa impuesta a Enel Distribución Chile S.A., la que queda absuelta de los cargos formulados en su contra. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Moya, quien fue de opinión de confirmar la resolución en alzada, por compartir sus fundamentos. Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-411-2019. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Javier Aníbal Moya Cuadra e integrada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y por la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los motivos 6°, 7° y 8°, los que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que, en la especie, se ha aplicado a la recurrente una multa por infracción a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ordenanza N°95 de la Ilustre Municipalidad de La F
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica