VERA / JUZGADO DE GARANTIA DE VILLA ALEMANA
Rol
Fecha
18 de noviembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, a folio 1, comparece don Jaime Vera Ayala, Defensor Penal Público, por el imputado Damián Aleph Fernandoy Zavala, en causa seguida ante el Juzgado de Garantía de Villa Alemana, Rit 400-2018, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada con fecha 23 de octubre 2018, que le negó lugar para recurrir de apelación respecto de una exclusión de prueba, por estimar sobreabundante e impertinente la prueba documental de la defensa, por aplicación del artículo 277 del Código Procesal Penal. Segundo: Que el recurrente indica que si bien el artículo 277 del Código Procesal Penal establece un recurso de apelación respecto de aquella prueba que le fuere excluida, por causal de infracción de garantía de manera exclusiva y excluyente al Ministerio Público, sostiene que es perfectamente posible deducir apelación, por cuanto entender lo contrario vulnera el derecho constitucional a un procedimiento racional y justo, así como al derecho a la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos en materia procesal, respaldado también por el derecho a que la ley no establezca diferencias arbitrarias. Refiere que parece absurdo sostener que la defensa no puede apelar frente a igual circunstancia, por lo que entiende que deben aplicarse las normas supletorias del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el auto de apertura es una sentencia interlocutoria, que establece derechos permanentes a favor de las partes, susceptibles de apelación de conformidad al régimen general de recursos. Añade que el Tribunal Constitucional, ya declaró la inaplicabilidad del artículo 277 del Código Procesal Penal, frente a igual circunstancia, en el sentido que era inaplicable la limitación de la apelación únicamente a favor del Ministerio Público, por ir específicamente en contra de los numerales 2 y 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, no siendo suficiente el recurso de nulidad. En consecuencia, no encontrándose regulada la apelación sobre exclusión de prueba, para la defensa, es que corresponde aplicar las normas supletorias del Código de Procedimiento Civil. Por lo anterior, pide se acoja el recurso de hecho y en consecuencia, se conceda la apelación solicitada. Tercero: Que a folio 7, informa doña Jessica Bronfman Vargas, Juez de Garantía Suplente de Villa Alemana, señalando que con fecha 16 de octubre 2018 se realizó audiencia de preparación de juicio oral, dictándose el respectivo auto de apertura. Con fecha 23 de octubre del referido año, se presentó recurso de apelación por la defensa en contra de la resolución que excluyó prueba de la defensa, recurso que fue resuelto con igual fecha, rechazándose, atendido que la defensa, no puede interponer tal recurso contra tal resolución y, a que en audiencia, la defensa no interpuso incidente o recurso alguno. Cuarto: Que del mérito de los antecedentes, se pueden establecer como hechos de la causa Rit 400-2018 del Juzgado de Garantía de Villa Alemana, los
Fallo
por tanto procedente la apelación deducida por la defensa, lo que conlleva necesariamente a acoger el presente recurso de hecho. Por estas consideraciones, y de acuerdo además, con lo prescrito en el artículo 204 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho interpuesto a folio 1 y en consecuencia se concede la apelación deducida, por la defensa pública del imputado Sr. Fernandoy Zavala, en ambos efectos, respecto de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Villa Alemana, en audiencia de preparación de juicio oral de fecha 16 de octubre de dos mil dieciocho, en sus autos Rit 400-2018, que excluyó la prueba documental ofrecida por su parte. Atendida la tramitación virtual, dese Rol de Ingreso, y solicítese la remisión de la causa en que inciden estos autos, vía sistema de interconexión, debiendo dejarse copia autorizada de esta resolución en los referidos antecedentes. Regístrese, comuníquese al Juzgado de Garantía de Villa Alemana y al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar en los autos Rit 458-2018, y en su oportunidad, archívese. N° Penal 2232-2018
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve. Visto y considerando: Primero: Que, a folio 1, comparece don Jaime Vera Ayala, Defensor Penal Público, por el imputado Damián Aleph Fernandoy Zavala, en causa seguida ante el Juzgado de Garantía de Villa Alemana, Rit 400-2018, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada con fecha 23 de octubre 20
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica