2º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ RONELL CHRISTIAN ATOCHE QUINONES

Rol

Fecha

15 de noviembre de 2019

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: 1° Que, en estos antecedentes Pedro Pablo Castro Schneider, Defensor particular por el imputado Eduardo Castillo Paredes, en causa RUC N°1700578164-7, RIT 373-2019, interpone un recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 17 de septiembre del presente año, por la cual se condenó a su representado a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, más accesorias legales, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple en la persona de Yoice Ryder Reque Tooth, cometido el día 21 de junio de 2017; y a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, más accesorias legales, como autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego, cometido en la misma fecha, en esta ciudad, pronunciada por el Segundo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago. Pide se anule la sentencia, por la causal prevista en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, esto es, cuando en la sentencia se ha hecho una errónea aplicación del derecho que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, para que dicte una sentencia de reemplazo que absuelva a su representado; 2° Que el recurrente funda su recurso en el hecho que, en su opinión, se omitió en la sentencia que la aplicación de la eximente contemplada en el artículo 10 N°4 del Código Penal, vale decir, la legítima defensa y, señala que el tribunal no consideró el contexto en que se produjeron los hechos que dieron origen a la defensa que realizó el recurrente y su acompañante. En virtud de lo señalado precedentemente solicita se invalide el fallo recurrido en la parte que condena al imputado Eduardo Castillo Paredes por el delito de homicidio antes referido y se declare que se lo absuelva de dicho ilícito; 3° Que la causal que invoca el presente recurso como principal y única, es la prevista en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, esto es: “cuando en la sentencia se ha hecho una errónea aplicación del derecho que influyó sustancialme

Fundamentos

fundamentos de la refería causal se han circunscrito no a una errónea aplicación del derecho, sino que a una incompleta valoración de la prueba señalada en el juicio, la que se hubiese sido ponderada -referida al contexto en que acaecieron los hechos- habría llevado a acoger la eximente señalada; 5° Que, no obstante lo expuesto precedentemente, el considerando décimo cuarto de la sentencia recurrida, hace un completo análisis de la eximente de legítima defensa contemplada en el artículo antes referido, y la desestima, por las razones que explicita basado en los elementos probatorios que se allegaron al juicio oral, razón por la cual, no resulta comprobado que haya existido una errónea aplicación del derecho.

Fallo

fallo recurrido en la parte que condena al imputado Eduardo Castillo Paredes por el delito de homicidio antes referido y se declare que se lo absuelva de dicho ilícito; 3° Que la causal que invoca el presente recurso como principal y única, es la prevista en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, esto es: “cuando en la sentencia se ha hecho una errónea aplicación del derecho que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo”; 4° Que, sin embargo, los fundamentos de la refería causal se han circunscrito no a una errónea aplicación del derecho, sino que a una incompleta valoración de la prueba señalada en el juicio, la que se hubiese sido ponderada -referida al contexto en que acaecieron los hechos- habría llevado a acoger la eximente señalada; 5° Que, no obstante lo expuesto precedentemente, el considerando décimo cuarto de la sentencia recurrida, hace un completo análisis de la eximente de legítima defensa contemplada en el artículo antes referido, y la desestima, por las razones que explicita basado en los elementos probatorios que se allegaron al juicio oral, razón por la cual, no resulta comprobado que haya existido una errónea aplicación del derecho. Por estas consideraciones y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 372 y demás pertinentes del Código Procesal Penal, se declara; Que SE RECHAZA sin costas, el recurso de nulidad entablado por la defensa del imputado Eduardo Castillo Paredes, y, en consecuencia, se declara que la sentencia definitiv

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Santiago, quince de noviembre de dos mil diecinueve. Vistos: 1° Que, en estos antecedentes Pedro Pablo Castro Schneider, Defensor particular por el imputado Eduardo Castillo Paredes, en causa RUC N°1700578164-7, RIT 373-2019, interpone un recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 17 de septiembre del presente año, por la cual se condenó a su representado a la pena de diez a

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