2º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

CLINICA SANATORIO ALEMAN S.A/SALDES SANTUBER

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2019

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y teniendo, únicamente, presente: Que conforme lo dispuesto en el artículo 447 del Código de Procedimiento Civil, el acreedor puede designar los bienes del deudor que hayan de embargarse, cuando el mandamiento no lo hace, cuyo es el caso de autos, con tal que no excedan de los necesarios para responder a la demanda “sin perjuicio de lo que resuelva el tribunal a solicitud de parte interesada”. Encontrando aquí entonces fundamento normativo el incidente de reducción del embargo, oportunidad esta última en la que el juez ha de pronunciarse sobre la suficiencia de los bienes embargados y no como lo ha decidido ahora la juez a quo. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 y 447 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución de uno de octubre de dos mil diecinueve, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Concepción en causa rol C-1763-2019, que no tuvo presente el bien designado para la traba del embargo y, en su lugar, se decide que se tiene presente dicho bien para la finalidad propuesta por el ejecutante. Devuélvase. N°Civil-2241-2019.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 y 447 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución de uno de octubre de dos mil diecinueve, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Concepción en causa rol C-1763-2019, que no tuvo presente el bien designado para la traba del embargo y, en su lugar, se decide que se tiene presente dicho bien para la finalidad propuesta por el ejecutante. Devuélvase. N°Civil-2241-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, catorce de noviembre de dos mil diecinueve. Visto y teniendo, únicamente, presente: Que conforme lo dispuesto en el artículo 447 del Código de Procedimiento Civil, el acreedor puede designar los bienes del deudor que hayan de embargarse, cuando el mandamiento no lo hace, cuyo es el caso de autos, con tal que no excedan de los necesarios para responder a la demand

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