CRISÓSTOMO/NAVARRETE
Rol
Fecha
14 de noviembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital, oídos en la relación, lo informado por el señor Fiscal Judicial y lo dispuesto en el artículo 423 del Código del Trabajo, se dirime la contienda de competencia trabada entre el Juzgado de Letras y Familia de San Carlos y el Juzgado de Letras, Familia y Garantía de Quirihue, disponiendo que resulta competente para seguir conociendo de la causa, el Juzgado de Letras, Familia y Garantía de Quirihue. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Letras y Familia de San Carlos, a fin remita los antecedentes al Juzgado de Letras, Familia y Garantía de Quirihue. Notifíquese por el estado diario y, en su oportunidad, devuélvase. R.I.C.: 227-2019 Laboral - Cobranza.
Texto Completo (Preview)
Chillán, catorce de noviembre de dos mil diecinueve. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital, oídos en la relación, lo informado por el señor Fiscal Judicial y lo dispuesto en el artículo 423 del Código del Trabajo, se dirime la contienda de competencia trabada entre el Juzgado de Letras y Familia de San Carlos y el Juzgado de Letras, Familia y Garantía de Q
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