MIGUEL SERRANO SPALTMAN Y PEDRO SERRANO CONTRA SERGIO BLUMEL, MINISTRO DEL INTERIOR , DIRECTOR DE CARABINEROS , DIRECTOR DE FFAA.
Rol
Fecha
12 de noviembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política del a República, dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado, perturbado o privado, a fin de disponer las medidas de protección o de restablecimiento del derecho conducentes a poner término inmediato a la vulneración de derechos. Que en la especie, no se mencionan hechos que puedan constituir vulneración precisa, actual y determinada en el ejercicio legítimo por el recurrente de garantías constitucionales amparadas por esta vía, no resultando ser ésta la vía jurisdiccional idónea para obtener aquello solicitado por el recurrente. Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en el numeral 2º del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección se declara inadmisible el interpuesto por don Miguel Serrano Spaltman, sin perjuicio del ejercicio de los derechos que estime asistirle. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 3403-2019.
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en el numeral 2º del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección se declara inadmisible el interpuesto por don Miguel Serrano Spaltman, sin perjuicio del ejercicio de los derechos que estime asistirle. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 3403-2019.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, doce de noviembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política del a República, dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado, p
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