2º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A. CON JORGE ANTONIO BECERRA BUENO

Rol

Fecha

12 de noviembre de 2019

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las circunstancias invocadas por el señor juez a quo para denegar la tramitación de la demanda ejecutiva, son cuestiones de fondo que no se encuentran en las hipótesis a que se refiere el artículo 441 en relación a los artículos 434 y 442 del Código de Procedimiento Civil, por lo que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del referido código, se revoca la resolución apelada de nueve de agosto del año en curso, dictada en los autos Rol 5010-2019 del Segundo Juzgado Civil de San Miguel y, se declara que se admite a tramitación la demanda ejecutiva, debiendo un juez no inhabilitado dictar las resoluciones que en derecho corresponda. Devuélvase. ROL N°1536-2019-CIVIL

Fallo

se declara que se admite a tramitación la demanda ejecutiva, debiendo un juez no inhabilitado dictar las resoluciones que en derecho corresponda. Devuélvase. ROL N°1536-2019-CIVIL

Texto Completo (Preview)

Santiago, doce de noviembre de dos mil diecinueve Vistos y teniendo presente: Que las circunstancias invocadas por el señor juez a quo para denegar la tramitación de la demanda ejecutiva, son cuestiones de fondo que no se encuentran en las hipótesis a que se refiere el artículo 441 en relación a los artículos 434 y 442 del Código de Procedimiento Civil, por lo que de conformidad a lo dispuesto en

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