SIN INFORMACION

/DE LA MAZA

Rol

Fecha

12 de noviembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparecen abogado de la Defensoría Penal Pública de Adolescentes y Defensor Penal Público, quienes interponen acción de amparo preventivo en contra del Contraalmirante de don Juan Andrés de la Maza Larraín, en su calidad de Jefe de la Defensa Nacional de la Región de Valparaíso, designado por el Presidente de la República, atendido el estado de excepción constitucional de emergencia, según Decreto N°473 de 19 de octubre del 2019 del ministerio de Interior y además, contra los funcionarios aprehensores de Infantes de Marina que los golpearon, por vulnerar el derecho constitucional de la libertad persona y seguridad individual, a favor de las siguientes personas: Esteban Albornoz Muñoz, Jaime Hernández Dassonvalle, Luis Ávila Palma, Sergio Araya Martínez, Rubén Yáñez Consuegra, Abelardo Molina Cisternas, Yimmy Rubina Espinoza, Francisco Díaz Díaz, Kevin Godoy Vivanco, Giovanni Tapia Altamirano, Didier Quezada Cabrera y Marcelo Rojas Acevedo. Se indica que 3 de ellos son menores de edad, con 16 y 17 años. Relata que en el estado de excepción constitucional antedicho, el recurrido Jefe de Zona de la Quinta Región decreto toque de queda los días 19 a 22 de octubre del 2019. El día 21 de octubre los amparados son detenidos en la ciudad de Villa Alemana por funcionarios militares infantes de Marina. Indica que los funcionarios militares tuvieron a los detenidos en el sector de estacionamientos del supermercado Acuenta ubicado en el sector de Huanhuali, donde fueron expuestos en la vía publica aledaña al supermercado, desnudos, golpeándolos, haciendo sentadillas, además de mojarlos, intimidarlos, amenazarlos y humillarlos, con escupos. Los detenidos posteriormente quedaron a resguardo de Carabineros, de ña Sexta Comisaria de Villa alemana, quienes los llevaron a constatar lesiones resultando todos con lesiones, de diversa consideración, según da cuenta datos de atención de urgencia del Hospital de Peñablanca, que se adjuntaron al par

Fallo

Por estas consideraciones, la presente acción cautelar deberá ser rechazada, tal como se dirá en lo resolutivo del fallo. Y visto lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido a folio 1 en favor de Esteban Albornoz Muñoz, Jaime Hernández Dassonvalle, Luis Avila Palma, Sergio Araya Martínez, Rubén Yáñez Consuegra, Abelardo Molina Cisternas, Yimmy Rubina Espinoza, Francisco Díaz Díaz, Kevin Godoy Vivanco, Giovanni Tapia Altamirano, Didier Quezada Cabrera y Marcelo Rojas Acevedo. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-790-2019.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, doce de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparecen abogado de la Defensoría Penal Pública de Adolescentes y Defensor Penal Público, quienes interponen acción de amparo preventivo en contra del Contraalmirante de don Juan Andrés de la Maza Larraín, en su calidad de Jefe de la Defensa Nacional de la Región de Valparaíso, desig

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