SIN INFORMACION

ERNESTO MANRÍQUEZ MENDOZA EN REPRESENTACION DE SOCIEDAD LAUTARO RÍOS Y ASOCIADOS LIMITADA CONTRA SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DE QUILPUÉ

Rol

Fecha

11 de noviembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1) Que en folio 1 comparece el abogado Ernesto Manríquez Mendoza, en representación de la Sociedad Lautaro Ríos y Asociados Limitada, compareciente en autos voluntarios sobre consignación de indemnización provisional en procedimiento expropiatorio Rol N° V-7-2016, quien recurre de hecho contra la resolución de fecha veinticinco de septiembre de dos mil diecinueve, dictada por don Néstor Valdés Sepúlveda, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Quilpué, por haber concedido el recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución de dos de septiembre del mismo año, que ordenó girar cheque a nombre de la indicada sociedad. Sostiene, en primer término, que la aludida apelación es inadmisible porque la recurrente no identificó con precisión la resolución que se impugna, desde que existen dos resolución dictada con fecha 2 de septiembre de 2019, ninguna de las cuales ordenó el giro del cheque a favor de la persona natural “Lautaro Ríos Álvarez”, como afirma la articulista al primer otrosí de su presentación. En segundo término, reclama que las mencionadas resoluciones de 2 de septiembre del año en curso corresponden a decretos de mera sustanciación que no alteran la ritualidad del proceso ni ordenan un trámite no ordenado por ley. En virtud de los argumentos expuestos solicita declarar inadmisible el recurso de apelación referido. 2) Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 158 en relación con lo previsto en el artículo 188, ambos del Código de Procedimiento Civil, aparece que la resolución contra la que se recurre participa de la naturaleza jurídica de un decreto, que no ha alterado la substanciación regular del juicio, de modo tal que aquella no es apelable, lo que conlleva acoger el presente recurso. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 158, 186, 188, 194 y 196 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho intentado en folio 1 contra la resolución de veinticinco de septiembre de d

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución de fecha dos de septiembre del año en curso, el que se encuentra en tramitación ante esta Iltma. Corte bajo el Rol Civil N° 2648-2019. Comuníquese de inmediato lo resuelto al Segundo Juzgado de Letras de Quilpué y remítansele, vía interconexión, los antecedentes que conforman la causa Rol de Ingreso Civil N° 2648-2019, tenida a la vista, debiendo incorporarse a aquellos, copia autorizada de la presente resolución para los fines correspondientes. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Civil-2787-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de noviembre de dos mil diecinueve. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1) Que en folio 1 comparece el abogado Ernesto Manríquez Mendoza, en representación de la Sociedad Lautaro Ríos y Asociados Limitada, compareciente en autos voluntarios sobre consignación de indemnización provisional en procedimiento expropiatorio Rol N° V-7-2016, quien recurre de hecho contra la re

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