IMPORTADORA EXPORATADORA COMERCIALIZADORA Y ARRIEDOS EMPRESAS DIAZ LIMITADA (ERIKA FABIOLA DIAZ MENA) CON JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE MELIPILLA
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Primero: Que comparece la abogada Erika Fabiola Díaz Mena, en representación de Importadora Exportadora Comercializadora y Arriendos Empresas Díaz Limitada, en autos sobre indemnización de perjuicios por accidente de tránsito, caratulados "SALAS CON PARDO Y OTROS", Rol de primera instancia N°2996-14-2, quien recurre de hecho en contra del Juzgado de Policía Local de Melipilla, que por resolución de 13 de julio de 2019, escrita a fojas 129 de autos, y notificada a su parte con fecha 11 de septiembre pasado, no dio lugar a conceder el recurso apelación interpuesto de manera conjunta con recurso de casación en la forma, en contra de la sentencia de fecha 14 de diciembre de 2018, por extemporáneo. Solicita se le conceda el recurso, ordenando la remisión de los antecedentes a esta Corte para su conocimiento y resolución. Funda su recurso señalando en primer lugar los antecedentes de la causa seguida ante el tribunal recurrido, la cual versa sobre daños en accidente de tránsito, en donde aparece involucrado un vehículo de propiedad de su representada, la cual resultó condenada solidariamente mediante fallo dictado con fecha 14 de diciembre de 2018 y notificada a su parte el día 5 de junio del presente año, sin haber sido legalmente emplazada con anterioridad en el presente juicio, impidiendo la defensa de sus intereses. Hace presente que la notificación de la demanda civil que consta en el expediente no fue realizada al representante legal de la empresa sino que a un tercero ajeno al juicio cuyo nombre es similar, discrepando en el segundo apellido, que no se indica en la certificación del receptor actuante y en el domicilio de la recurrente. Expone que luego de tomar conocimiento de la sentencia dictada en su contra y dentro del plazo legal interpuso en primer lugar recurso de casación de todo lo obrado por falta de emplazamiento valido y conjuntamente apelación, cuestionando que se resolvió en base a antecedentes no allegados al juicio, no encontrándose en co
Fallo
fallo dictado con fecha 14 de diciembre de 2018 y notificada a su parte el día 5 de junio del presente año, sin haber sido legalmente emplazada con anterioridad en el presente juicio, impidiendo la defensa de sus intereses. Hace presente que la notificación de la demanda civil que consta en el expediente no fue realizada al representante legal de la empresa sino que a un tercero ajeno al juicio cuyo nombre es similar, discrepando en el segundo apellido, que no se indica en la certificación del receptor actuante y en el domicilio de la recurrente. Expone que luego de tomar conocimiento de la sentencia dictada en su contra y dentro del plazo legal interpuso en primer lugar recurso de casación de todo lo obrado por falta de emplazamiento valido y conjuntamente apelación, cuestionando que se resolvió en base a antecedentes no allegados al juicio, no encontrándose en consecuencia fundada conforme a derecho. Relata que con fecha 13 de julio del presente año, el juez recurrido, rechazó los recursos interpuestos por su parte, el de casación, por improcedente y el de apelación por extemporáneo, desconociendo lo alegado por su parte, apartándose del mérito del proceso, y sin fundar razonadamente la resolución recurrida. Asimismo indica que dicha resolución igualmente fue notificada a su parte por carta certificada remitida a un domicilio incorrecto, solicitando su parte nulidad de la notificación, el que fue rechazado el 4 de septiembre último. Cita la normativa aplicable a los Juz
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En Santiago, a once de noviembre de dos mil diecinueve. Vistos: Primero: Que comparece la abogada Erika Fabiola Díaz Mena, en representación de Importadora Exportadora Comercializadora y Arriendos Empresas Díaz Limitada, en autos sobre indemnización de perjuicios por accidente de tránsito, caratulados "SALAS CON PARDO Y OTROS", Rol de primera instancia N°2996-14-2, quien recurre de hecho en contr
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