SIN INFORMACION

MARCELA MARTINEZ ACEVEDO C/ ESCUELA 1 CHILE VALDIVIA

Rol

Fecha

11 de noviembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece Marcela Martínez Acevedo, cedula nacional de identidad N° 12.852.279-4, domiciliada en Bombero Reyes N° 218, Valdivia, dueña de casa, quien interpone recurso de Protección en contra de Adriana del Río Lopetegui, Directora de la Escuela N° 1 Chile, Valdivia, domiciliada en Picarte 679 Valdivia. Los hechos que invoca para recurrir, se refieren a la vulneración de los derechos de su hijo Bastián Vivar Martínez, a quien se le ha quitado el derecho a estudiar, por medida de expulsión del colegio en una fecha que a esta altura le impide encontrar matricula ni cupos en otra escuela, quedando solo dos meses para terminar el año y sin que el permitieran dar exámenes libres ni terminar el año. Prosigue señalando que a la fecha del recurso presentado el 10 de Octubre, su hijo está en casa sin estudiar, acusándosele de agredir a un compañero lo cual no niega, y exige que se cumplan sus derechos y sea reingresado al colegio para poder terminar el año,

Fundamentos

considerando también que el próximo año la familia se radicará en otra ciudad. Agrega que la Directora le dio una carta de traslado de su hijo a otros colegios donde no hay cupos y habiendo concurrido a otros establecimientos, se le ha negado la matrícula. Estima que se ha vulnerado a su hijo el Derecho a la educación y concluye solicitando se acoja el recuso y se permita terminar su año escolar en el establecimiento ya indicado. Se ordenó al recurrido informar el recurso. Informa el recurso el Abogado Sr. Cristian Guerra Hernández, quién se refiere en primer lugar a los hechos ocurridos el día Jueves 05 de Septiembre, relacionados con una situación de violencia escolar en la Escuela N° 1 Chile, en el cual el alumno Sebastián Ignacio Pradines Quintricon de Sexto Año “B”, fue agredido físicamente por un grupo de compañeros, ordenando la Dirección del establecimiento activar el Protocolo de Denuncia Maltrato o Violencia Escolar, con el fin de esclarecer los hechos e informar a los apoderados sobre los antecedentes y evidencias, pudiendo constatarse que hubo una agresión física muy grave, que hace aplicable medidas tales como Matrícula Condicional, Traslado a otro establecimiento durante el año escolar o al inicio del año siguiente. Prosigue indicando que el alumno Sebastián Pradines de 6° año B fue agredido por algunos compañeros, y que no todos los estudiantes involucrados en el hecho tienen el mismo grado de participación, por lo que se propuso medidas disciplinarias a los involucrados que consisten en Condicionalidad para un alumno; Condicionalidad y caducidad de la matrícula para el año 2020 para otro y Expulsión para los estudiantes Bastián Vivar Martínez y Cristofher Mella, tras lo cual la Dirección del establecimiento el día Viernes 13 de Septiembre citó a los alumnos involucrados y a los apoderados, con el fin de darles a conocer la resolución adoptada. Los padres de los alumnos con medida de expulsión presentaron recursos, determinándose en definitiva que solo Bastián Vivar Martínez sería Expulsado, medida aprobada por el Consejo el Profesores. También se informó que la Superintendencia de Educación solicitó al establecimiento Escuela Chile remitir un informe en relación a los hechos denunciados por la Sra. Dora Emilia Quintricon Carrasco, madre del alumno maltratado Sebastián Pradines Quintricon, concluyendo el organismo que el establecimiento cuenta con un reglamento interno, plan de gestión de convivencia y protocolo de acción, como también haber adoptado una serie de acciones al tomar conocimiento de los hechos y que se cumplió con el protocolo respectivo. Agrega que junto con la medida disciplinaria, se solicitó al Departamento Provincial de Educación realizar las gestiones necesarias con el fin de reubicar al estudiante en otro establecimiento educacional, a contar del lunes 07 de Octubre de 2019. Se refiere después a lo expuesto en el recurso, ratificando los hechos y antecedentes informados, resaltando que el establecimiento dio

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y lo dispuesto en el Autoacordado sobre tramitación de Recursos de Protección de la Excma. Corte Suprema, se declara que, SE RECHAZA la acción de protección interpuesta por doña Marcela Patricia Martínez Acevedo, en representación de su hijo Bastián Lorenzo Vivar Martínez, en contra de la Directora de la Escuela N° 1° Chile de esta ciudad Adriana Pilar del Río Lopetegui, quién al adoptar la medida de expulsión del alumno de ese establecimiento, no afectó la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N° 10 de la Constitución Política de la Republica, sin costas del recurso. Redactada por el Abogado Integrante Sr. Juan Carlos Vidal Etcheverry. Regístrese, notifíquese y comuníquese. N°Protección-4806-2019.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, once de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS: Comparece Marcela Martínez Acevedo, cedula nacional de identidad N° 12.852.279-4, domiciliada en Bombero Reyes N° 218, Valdivia, dueña de casa, quien interpone recurso de Protección en contra de Adriana del Río Lopetegui, Directora de la Escuela N° 1 Chile, Valdivia, domiciliada en Picarte 679 Valdivia. Los hechos que invoca para recurrir

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