GLADYS ERNESTINA ESPINOZA HERNANDEZ C/ JOEL PATRICIO HERNANDEZ ROGEL
Rol
Fecha
8 de noviembre de 2019
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
REVOCADA
Hechos
hechos imputados y la participación en éste del encartado, y estimando que la medida cautelar de prisión preventiva, en este estadio procesal, resulta desproporcionada dado que otras medidas cautelares aparecen adecuadas para garantizar suficientemente los fines del procedimiento, y conforme lo disponen los artículos 139, 140 y 155 del Código Procesal Penal, SE REVOCA, la resolución apelada de fecha uno de Noviembre de dos mil diecinueve, por la cual se decretó la prisión preventiva del imputado JOEL PATRICIO HERNÁNDEZ ROGEL, y en su lugar, se imponen al encartado referido, las medidas cautelares personales de arresto domiciliario nocturno, de firma semanal y prohibición de acercarse a la víctima, previstas en las letras a), c) y g) del artículo 155 del Código Procesal Penal, en la forma que determine el señor Juez de Garantía competente en la audiencia de rigor. Rol Corte 134-2019 (Penal).
Fundamentos
considerando que existen antecedentes que justifican, por ahora, al menos uno de los hechos imputados y la participación en éste del encartado, y estimando que la medida cautelar de prisión preventiva, en este estadio procesal, resulta desproporcionada dado que otras medidas cautelares aparecen adecuadas para garantizar suficientemente los fines del procedimiento, y conforme lo disponen los artículos 139, 140 y 155 del Código Procesal Penal, SE REVOCA, la resolución apelada de fecha uno de Noviembre de dos mil diecinueve, por la cual se decretó la prisión preventiva del imputado JOEL PATRICIO HERNÁNDEZ ROGEL, y en su lugar, se imponen al encartado referido, las medidas cautelares personales de arresto domiciliario nocturno, de firma semanal y prohibición de acercarse a la víctima, previstas en las letras a), c) y g) del artículo 155 del Código Procesal Penal, en la forma que determine el señor Juez de Garantía competente en la audiencia de rigor. Rol Corte 134-2019 (Penal).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, ocho de Noviembre de dos mil diecinueve. Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes, considerando que existen antecedentes que justifican, por ahora, al menos uno de los hechos imputados y la participación en éste del encartado, y estimando que la medida cautelar de prisión preventiva, en este estadio procesal, resulta desproporcionada dado
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