RAILEF/GENDARMERÍA DE CHILE COMPLEJO PENITENCIARIO VALPARAISO
Rol
Fecha
8 de noviembre de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Que, el 27 de octubre de 2019, comparece el abogado Juan Luis Railef Balmaceda, e interpone recurso de amparo de garantías constitucionales en favor de Diego Cifuentes Venegas, a la sazón recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de Gendarmería de Chile, por el acto arbitrario e ilegal, conculcatorio de las garantías consagradas en el numeral séptimo del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que importaría la reclusión del mismo en la enfermería de dicho centro penitenciario, a pesar que se encuentra con heridas de gravedad, causadas al momento de su detención. Solicita que esta Corte, restableciendo el imperio del derecho, declare la ilegalidad de la privación de libertad y no protección de su salud, ordenando las medidas pertinentes para el cese de dichas conculcaciones, ordenando que se oficie al Servicio Médico Legal o a algún centro de asistencia médica a fin que determinen la naturaleza y magnitud de las lesiones del amparado; y se ordene a Gendarmería conceder permisos para realizarse exámenes médicos en forma particular al amparado. Funda su arbitrio en que el amparado fue detenido el 20 de octubre de 2019 por el delito de robo en lugar no habitado y porte de elementos incendiarios, y sometido a prisión preventiva por el Juzgado de Garantía de Valparaíso en causa RIT 11615-2019. Indica que con ocasión de la detención, el amparado fue sujeto de diversas lesiones, entre ellas, una herida prominente en su cabeza con posible fractura de cráneo. Refiere que solo ha podido ser visitado en el centro penitenciario por su madre, habiendo sido trasladado a la enfermería de dicho recinto, pero se encuentra aún con fuertes dolores y molestias, ya insoportables, y que hasta la fecha no se ha dispuesto su traslado a un establecimiento hospitalario para el adecuado tratamiento de sus lesiones. Señala que lo anterior resulta ser conculcatorio de su derecho a la libertad persona y seguridad individual, así como de su derecho
Fundamentos
considerando: Primero: Que la acción constitucional de amparo, ha sido concebida como un recurso extraordinario para poner rápido remedio a aquellas conculcaciones de la libertad personal y la seguridad individual, a la que se vean sometidos particulares por el Estado, sus agentes u otros particulares; Segundo: Que, tal como ha informado la señora Juez recurrida, la prisión preventiva del imputado ha sido dejada sin efecto con fecha 30 de octubre de 2019, resolución confirmada por esta Corte y que ha aparejado la libertad total del amparado, razón por la cual, a esta fecha, no existe acto ilegal o arbitrario que pueda ser atacado por esta vía, toda vez que el recurso ha perdido oportunidad.
Fallo
Por estas consideraciones y conforme con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de don Diego Alberto Cifuentes Venegas, en contra del Juzgado de Garantía de Viña del Mar. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-817-2019.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de noviembre de dos mil diecinueve. Visto: Que, el 27 de octubre de 2019, comparece el abogado Juan Luis Railef Balmaceda, e interpone recurso de amparo de garantías constitucionales en favor de Diego Cifuentes Venegas, a la sazón recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y en contra de Gendarmería de Chile, por el acto arbitrario e ilegal, concu
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