23º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/

Rol

Fecha

15 de noviembre de 2019

Materia

EXPROPIAR, GESTIÓN DE PAGO PARA

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el inciso final del artículo 20 del Decreto Ley N°2186 de 1978, la acción deducida se sujetará al procedimiento incidental, y a su vez el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil establece que las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido Inversiones Pirque Ltda. el cuatro de septiembre de dos mil diecinueve contra la resolución de veintinueve de agosto del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-14226-2019 (tms).

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido Inversiones Pirque Ltda. el cuatro de septiembre de dos mil diecinueve contra la resolución de veintinueve de agosto del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-14226-2019 (tms).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago(Sala Tramitadora) Santiago, quince de noviembre de dos mil diecinueve. Póngase en conocimiento de las partes la constancia que antecede, para los efectos previstos en el artículo 125 del Código de Procedimiento Civil. A los folios N°4 y N°5; estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el inciso final del artículo 20 del Decreto Ley N°2186 de 1

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