2º JUZGADO POLICIA LOCAL DE SANTIAGO

HIPERMERCADOS TOTTUS S.A - CARABINEROS DE CHILE PREFECTURA CENTRAL SUR

Rol

Fecha

8 de noviembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°- Que la requerida, en esta segunda instancia, ha rendido prueba instrumental que permite tener por suficientemente acreditadas, tanto la relación contractual con la empresa de Seguridad Alianza de Seguridad Limitada, que la sentencia en alzada echa en falta, como la circunstancia de haberse aprobado la Directiva de Funcionamiento del local en cuestión, ya sea de la empresa actuante al momento de la fiscalización, como por la actual empresa de seguridad que ha contratado para la prestación de dichos servicios. 2°.- Que el inciso final del artículo 10 de la Ley N°19.303, faculta a la judicatura para dictar sentencia absolutoria, si se acreditase en el proceso que se ha dado cumplimiento a la obligación cuya omisión motivó la denuncia. Por estas consideraciones y de conformidad al artículo 32 de la Ley N° 18.287, se revoca la sentencia apelada de veinticinco de abril de dos mil dieciocho, escrita a fojas 102 y siguientes y, en su lugar, se decide que se absuelve a Hipermercados Tottus S.A., respecto a la infracción atribuida en el requerimiento de fojas 2. Acordado con el voto en contra del Ministro señor Poblete, quien estuvo por confirmar la referida sentencia. Regístrese y devuélvase. N° Policía Local-2468-2018. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Fernando Carreño Ortega e integrada por el Ministro señor Juan Antonio Poblete Méndez y por la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Santiago, ocho de noviembre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad al artículo 32 de la Ley N° 18.287, se revoca la sentencia apelada de veinticinco de abril de dos mil dieciocho, escrita a fojas 102 y siguientes y, en su lugar, se decide que se absuelve a Hipermercados Tottus S.A., respecto a la infracción atribuida en el requerimiento de fojas 2. Acordado con el voto en contra del Ministro señor Poblete, quien estuvo por confirmar la referida sentencia. Regístrese y devuélvase. N° Policía Local-2468-2018. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Fernando Carreño Ortega e integrada por el Ministro señor Juan Antonio Poblete Méndez y por la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Santiago, ocho de noviembre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 161 Ciento Sesenta y Uno C.A. de Santiago Santiago, ocho de noviembre de dos mil diecinueve. A fojas 135, téngase presente. A fojas 160, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: 1°- Que la requerida, en esta segunda instancia, ha rendido prueba instrumental que permite tener por suficientemente acreditadas, tanto la relación contractual con la empresa de Seguridad Alianza de Seguri

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