SCOTIABANK-CHILE/LÓPEZ LAZCANO MAURICIO
Rol
Fecha
8 de noviembre de 2019
Materia
MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Teniendo únicamente presente que, en esta etapa procesal, y conforme lo establecido en el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, aparece que lo resuelto excede las facultades que la referida norma confiere al Tribunal a quo, se revoca la resolución apelada de veintiocho de agosto de dos mil diecinueve, pronunciada por el Décimo Juzgado Civil de Santiago, y en su lugar se dispone que el juez no inhabilitado deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Regístrese, comuníquese y devuélvase. N°Civil-12441-2019. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por las Ministros señora Adelita Ravanales Arriagada, señora M.Rosa Kittsteiner Gentile y el Abogado Integrante señor Gonzalo Ruz Lártiga. En Santiago, ocho de noviembre de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de noviembre de dos mil diecinueve. Vistos: Teniendo únicamente presente que, en esta etapa procesal, y conforme lo establecido en el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, aparece que lo resuelto excede las facultades que la referida norma confiere al Tribunal a quo, se revoca la resolución apelada de veintiocho de agosto de dos mil diecinueve, pronunciada
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