ITAÚ CORPBANCA/COMERCIAL IMPORTIK S.A
Rol
Fecha
14 de noviembre de 2019
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la demandada el nueve de agosto de dos mil diecinueve, contra la resolución de seis del mismo mes y año, pronunciada por el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago. Devuélvase. N°Civil-13448-2019 (tms).
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la demandada el nueve de agosto de dos mil diecinueve, contra la resolución de seis del mismo mes y año, pronunciada por el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago. Devuélvase. N°Civil-13448-2019 (tms).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de noviembre de dos mil diecinueve. Póngase en conocimiento de las partes la constancia que antecede, para los efectos previstos en el artículo 125 del Código de Procedimiento Civil. Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncie
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