SIN INFORMACION

CORPORACIÓN EDUCACIONAL DOMINGO SANTA MARÍA/SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN

Rol

Fecha

7 de noviembre de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, don Juan Carlos Ron Chávez, abogado, en representación convencional de la Corporación Domingo Santa María, representada legalmente por el señor Daniel Becerra Azúa, ambos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, en Avenida Santa María 2189, quien interpone recurso de reclamación del artículo 85 de la Ley N° 20.529, en contra de la Resolución Exenta PA N°000401, de 19 de marzo de 2019, por la que la Superintendencia de Educación resolvió rechazar el recurso de reclamación administrativo deducido en contra de la Resolución Exenta N°2017/PA/15/092, de 27 de abril de 2017, de la Directora Regional de la Superintendencia de Educación, que aprobó un proceso administrativo y le aplicó a su representada una multa a beneficio fiscal de 51 Unidades Tributarias Mensuales. Señala que mediante Resolución Exenta N°2017/PA/15/092, de 27 de abril de 2017, de la Directora Regional de la Superintendencia de Educación, le formuló a su representada el siguiente cargo: “Cargo único: hallazgo 73: Establecimiento no garantiza un justo proceso que regule las relaciones de los miembros de la comunidad escolar. Sustento 73.02: Establecimiento no aplica correctamente reglamento interno”. Norma transgredida: Artículos 46 letra f) del Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de 2009 del Ministerio de Educación; Artículo 8 del Decreto Supremo N°315 de 2010 del Ministerio de Educación. Tipo infraccional: Infracción menos grave, Artículo 77 letra c) de la Ley N°20.529". Funda su reclamación sobre el cargo único: argumentando, en síntesis, la existencia de errores de hecho que se contradicen con las normas que se citan como infringidas en la resolución recurrida, en un vicio en el procedimiento y la caducidad del proceso administrativo sancionatorio. Sostiene para afianzar su primera afirmación, que la Resolución Exenta N°2017/PA/15/092, de 2017, señaló que no se aplicó correctamente el Reglamento Interno, haciendo referencia a la transgresión de los artí

Fallo

se resuelve: Que SE ACOGE la reclamación deducida por don Daniel Becerra Azua, en representación de la Corporación Domingo Santa María, sostenedora del Liceo Domingo Santa María, y en consecuencia, se dejan sin efecto las Resoluciones Exentas Nº 2017/PA/15/092 y 000401, de 27 de abril de 2017 y 19 de marzo de 2019 respectivamente, emanadas de la Superintendencia de Educación dejándose en consecuencia sin efecto la multa impuesta a la recurrente ya individualizada. Redacción del Fiscal Judicial (S) Sr. Carlos Fernando Ruiz Larral. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. No firma el señor Carlos Ruíz Larral, no obstante haber concurrido a la vista, acuerdo y redacción de la presente sentencia, por haber cesado su suplencia. Rol N° 2-2019 Contencioso Administrativo. 1

Texto Completo (Preview)

Arica, siete de noviembre de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, don Juan Carlos Ron Chávez, abogado, en representación convencional de la Corporación Domingo Santa María, representada legalmente por el señor Daniel Becerra Azúa, ambos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, en Avenida Santa María 2189, quien interpone recurso de reclamación del artículo 85 de la

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